Subvenciones a una parte del coste de contratación de los seguros agrarios correspondientes al Plan de Seguros Agrarios Combinados 2014, para el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S40355/13

Norma:

ORDEN de 23 de octubre de 2013. ORDEN de 12 de febrero de 2014. Resolución de 28 de diciembre de 2012. ORDEN de 24 de noviembre de 2014. ORDEN de 28 de abril de 2015. ORDEN de 12 de mayo de 2015. ORDEN de 13 de noviembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro tendrá la condición de solicitud.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones destinadas al pago de parte del coste generado por la contratación de los seguros agrarios pertenecientes al Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, (en adelante, Plan 2014), para las explotaciones ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. La relación de los seguros subvencionados, incluidos en el Plan 2014, se contiene en el anexo a esta orden.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se determinará teniendo en cuenta los siguientes criterios: las subvenciones que pueda conceder ENESA, las bonificaciones y reducciones que aplique Agroseguro, y los límites de subvencionalidad establecidos por el ordenamiento, así como los criterios que figuran en el anexo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de una explotación agraria radicada en Aragón que suscriban, en el periodo de tiempo determinado en el apartado anterior, alguno de los seguros agrarios que se relacionan en el anexo en los términos expuestos en la misma, y que cumplan los requisitos que se relacionan en los siguientes puntos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La suscripción, dentro del periodo estipulado en el apartado primero, de un contrato de seguro agrario con alguna de las entidades aseguradoras o agentes autorizados integrados en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados S.A. (en adelante, Agroseguro), tal y como prescribe el artículo 41 del Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, de cualquiera de las líneas incluidas en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados correspondiente al ejercicio 2013 y que se recogen en el anexo de esta orden dentro de las condiciones particulares para cada uno de ellos, reguladas en las correspondientes órdenes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así como dentro de las condiciones particulares establecidas en esta orden.

Documentos asociados

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