Subvenciones a trabajos de investigación en el ámbito de la paz (R-ICIP).

Código de ayuda:

S38319/18

Norma:

RESOLUCIÓN JUS/1676/2018, de 19 de junio. RESOLUCIÓN JUS/2451/2018, de 9 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para los años 2018 y 2019 para la concesión de ayudas a trabajos de investigación en
el ámbito de la paz.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia
  • Otras

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Justicia, Derechos, y Memoria (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las universidades del sistema universitario catalán o los centros públicos o
privados de Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como una de sus actividades principales la investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becarios, de acuerdo con la normativa que sea aplicable al centro que recibe la subvención. No son subvencionables las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los centros solicitantes o participantes en la convocatoria.

b) Adquisición de material inventariable o bibliográfico directamente relacionado con el objeto de la subvención. No es subvencionable la adquisición de equipamiento informático.

c) Adquisición de material fungible.

d) Desplazamientos para hacer trabajo de campo directamente vinculado a la investigación y asistencia a congresos, siempre que se haga difusión de la investigación en curso, y con un máximo del 30 % del importe otorgado.

e) Otros gastos, como la utilización de servicios de apoyo o servicios de traducción.

Documentos asociados

Boletín: 18/07/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7666
Documento: Bases específicas 2018 Descargar Documento
Boletín: 25/10/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7734
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento