Subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.

Código de ayuda:

S24455/22

Norma:

Orden UIC/11/2022 de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2022 la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto la concesión de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica establecidas en Cantabria, mediante régimen de concurrencia competitiva, para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual, realizadas desde el 1 de enero de 2021 hasta el 15 de septiembre de 2023.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el 100% del coste del proyecto subvencionado y el importe máximo a subvencionar en cada proyecto será el que se indica a continuación:

Salas con 1 pantalla: 20.000 €

Salas con 2 pantallas: 25.000 €

Salas con 3 pantallas: 30.000 €

Salas con 4 pantallas: 35.000 €

Salas con 5 o más pantallas: 40.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición. Al menos un 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este eje vinculado a cuestiones de conectividad, capacitación digital y uso de internet e integración de la tecnología digital a la actividad de la empresa. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:

a) Estudios de viabilidad de proyectos de transformación digital

b) Comunicación y marketing digital


c) Actualización de sistemas de ticketing

d) Modernización de sistemas digitales de proyección, audio y conectividad, entre ellos los vinculados a la exhibición dirigida para personas con discapacidad.

e) Aplicación de inteligencia artifi cial y big data

f) Digitalización de otros servicios

Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:

a) Estudios que permitan identificar las posibles mejoras en diferentes áreas relacionadas con la sostenibilidad, la Eficiencia Energética de la empresa o la Economía Circular y desarrollo de planes de acción.

b) Capacitación e implantación de modelos de gestión basados en economía circular.

c) Inversiones que lleven a aumentar la eficiencia energética, por ejemplo, renovación de proyectores, de sistemas de iluminación u otros equipamientos.

d) Inversiones para la utilización de fuentes renovables y generación de electricidad para autoconsumo.

e) Inversiones en sistemas de reducción de residuos y mejora de los sistemas de reciclaje.

f) Formación al personal en eficiencia energética y gestión de residuos.

g) Otras iniciativas de desarrollo sostenible.

Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:

a) Prácticas y procesos de promoción y fidelización de públicos innovadores, por salas o por redes de salas. Por ejemplo, proyectos digitales colectivos de interacción con públicos, gestión de datos, sistemas de suscripción, nuevos servicios online, colaboraciones con plataformas u otros actores de la industria audiovisual.

b) Actividades vinculadas a programas escolares, educativos o de integración social y/o cultural.

c) Campañas de marketing de asistencia al cine en general o de ciertos grupos de población en particular.

d) Campañas de promoción de películas europeas, iberoamericanas, en una lengua oficial de España, realizadas por mujeres y/o que hayan obtenido el distintivo "Especialmente recomendada para el fomento de la igualdad de género ", realizadas por directores/as noveles, "Especialmente recomendadas para público infantil y juvenil", o consideradas "obras audiovisuales difíciles" según el Real Decreto 1084/2015.

e) Proyectos de desarrollo de comunidades de públicos centrados en la inclusión y el acceso.

f) Desarrollo de habilidades para captación de públicos. Esto puede incluir talleres y seminarios de formación, desarrollo de software y programas de educación y aprendizaje.

g) Desarrollo de actividades profesionales que tengan como objetivo la creación, la fidelización o el incremento de públicos audiovisuales para las salas.

Requisitos:

Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de esta Orden y tener la sala o complejo cinematográfico ubicado en la Comunidad autónoma de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento