Subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual.
Código de ayuda:
S24455/22Norma:
Orden UIC/11/2022 de 6 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de mayo de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2022 la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto la concesión de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica establecidas en Cantabria, mediante régimen de concurrencia competitiva, para sufragar inversiones en proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual, realizadas desde el 1 de enero de 2021 hasta el 15 de septiembre de 2023.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el 100% del coste del proyecto subvencionado y el importe máximo a subvencionar en cada proyecto será el que se indica a continuación:Salas con 1 pantalla: 20.000 €
Salas con 2 pantallas: 25.000 €
Salas con 3 pantallas: 30.000 €
Salas con 4 pantallas: 35.000 €
Salas con 5 o más pantallas: 40.000 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición. Al menos un 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este eje vinculado a cuestiones de conectividad, capacitación digital y uso de internet e integración de la tecnología digital a la actividad de la empresa. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:a) Estudios de viabilidad de proyectos de transformación digital
b) Comunicación y marketing digital
c) Actualización de sistemas de ticketing
d) Modernización de sistemas digitales de proyección, audio y conectividad, entre ellos los vinculados a la exhibición dirigida para personas con discapacidad.
e) Aplicación de inteligencia artifi cial y big data
f) Digitalización de otros servicios
Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:
a) Estudios que permitan identificar las posibles mejoras en diferentes áreas relacionadas con la sostenibilidad, la Eficiencia Energética de la empresa o la Economía Circular y desarrollo de planes de acción.
b) Capacitación e implantación de modelos de gestión basados en economía circular.
c) Inversiones que lleven a aumentar la eficiencia energética, por ejemplo, renovación de proyectores, de sistemas de iluminación u otros equipamientos.
d) Inversiones para la utilización de fuentes renovables y generación de electricidad para autoconsumo.
e) Inversiones en sistemas de reducción de residuos y mejora de los sistemas de reciclaje.
f) Formación al personal en eficiencia energética y gestión de residuos.
g) Otras iniciativas de desarrollo sostenible.
Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con:
a) Prácticas y procesos de promoción y fidelización de públicos innovadores, por salas o por redes de salas. Por ejemplo, proyectos digitales colectivos de interacción con públicos, gestión de datos, sistemas de suscripción, nuevos servicios online, colaboraciones con plataformas u otros actores de la industria audiovisual.
b) Actividades vinculadas a programas escolares, educativos o de integración social y/o cultural.
c) Campañas de marketing de asistencia al cine en general o de ciertos grupos de población en particular.
d) Campañas de promoción de películas europeas, iberoamericanas, en una lengua oficial de España, realizadas por mujeres y/o que hayan obtenido el distintivo "Especialmente recomendada para el fomento de la igualdad de género ", realizadas por directores/as noveles, "Especialmente recomendadas para público infantil y juvenil", o consideradas "obras audiovisuales difíciles" según el Real Decreto 1084/2015.
e) Proyectos de desarrollo de comunidades de públicos centrados en la inclusión y el acceso.
f) Desarrollo de habilidades para captación de públicos. Esto puede incluir talleres y seminarios de formación, desarrollo de software y programas de educación y aprendizaje.
g) Desarrollo de actividades profesionales que tengan como objetivo la creación, la fidelización o el incremento de públicos audiovisuales para las salas.
Requisitos:
Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de esta Orden y tener la sala o complejo cinematográfico ubicado en la Comunidad autónoma de Cantabria.Documentos asociados
Boletín:
22/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
22/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 77
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento