Subvenciones a proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S28528/06

Norma:

RESOLUCIÓN ASC/1332/2008, de 28 de abril. Orden ASC/149/2007, de 14 de mayo. Resolución PRE/2664/2006, de 1 de agosto; Orden PRE/405/2006, de 31 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria pública de concesión de subvenciones para proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional en el ejercicio 2008.
En cuanto a esta convocatoria, la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo llevará a cabo las actuaciones que contemplan las bases reguladoras de las subvenciones.

El otorgamiento de estas subvenciones, así como su objeto, sus condiciones, su finalidad, sus criterios de valoración, sus requisitos de participación y la documentación que debe aportarse se rigen por la Orden PRE/405/2006, de 31 de julio, de aprobación de las bases para la concesión de subvenciones para proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional (DOGC núm. 4696, de 11.8.2006), y por la Orden ASC/149/2007, de 14 de mayo, de modificación de la anterior (DOGC núm. 4886, de 18.5.2007).

Las prioridades sectoriales y geográficas establecidas en las bases 5.3 de los anexos 2, 3 y 4 y en las bases 5.4 de los anexos 2 y 3 de la Orden PRE/405/2006, de 31 de julio, deben entenderse sustituidas por las previstas en el nuevo Plan Director de Cooperación al Desarrollo 2007-2010, de conformidad con lo establecido en los apartados 11 y 12 de la presente Resolución.

Para atender las solicitudes de subvenciones a proyectos de cooperación internacional al desarrollo y la solidaridad internacional, la cantidad máxima inicial disponible es de 300.000,00 euros a cargo de las partidas 482000100/3210 y 481000100/3210 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2008. El crédito inicial disponible indicado en el apartado anterior podrá modificarse con sujeción a la normativa vigente.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Social y Ciudadanía (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima destinada a estas subvenciones y la aplicación presupuestaria a la que debe imputarse se determinará en la convocatoria pública correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar dichas subvenciones las entidades juveniles que se establecen en las bases específicas de cada tipo de subvención de las reguladas en esta Orden. No obstante, de acuerdo con la tradición asociativa catalana, también pueden acogerse a dichas subvenciones las entidades catalanas que tienen implantación en otros territorios de lengua catalana, así como las entidades previstas en el artículo 3 de la Ley 18/1996, de 27 de diciembre, de relaciones con las comunidades catalanas del exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones a proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional.

Se establecen las líneas de subvenciones siguientes:

a) Subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo a realizar en países y pueblos en vías de desarrollo,Anexo 2.
b) Subvenciones para estancias de solidaridad en países y pueblos en vías de desarrollo, Anexo 3.
c) Subvenciones a proyectos destinados a incrementar el alcance de las acciones de educación y sensibilización en Cataluña en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional, Anexo 4.

Requisitos:

Cada entidad sólo puede presentar dos proyectos por línea de subvención, excepto que se presente en concertación con otras entidades, que puede presentar un máximo de otro proyecto por línea.

El otorgamiento de las subvenciones previstas en esta convocatoria, así como el objeto, las condiciones, la finalidad, los criterios de valoración, los requisitos de participación y la documentación que hay que aportar se regirán por la Orden PRE/405/2006, de 31 de julio, de aprobación de las bases para la concesión de
subvenciones para proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional (DOGC núm. 4696, de 11.8.2006).

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4696
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 11/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4696
Documento: Apertura de convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 18/05/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4886
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 05/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5124
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento