Subvenciones a proyectos de solidaridad y cooperación internacional y de emergencia social, convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S31682/20

Norma:

Acuerdo de 24 de junio de 2020. Acuerdo de 15 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de solidaridad y cooperación internacional, dando prioridad a los proyectos dirigidos a la atención a la infancia y aquellos que se desarrollen en el ámbito de la salud cuyos objetivos estén relacionados con la COVID-19 (línea A), así como de emergencia social derivada de los efectos de la COVID-19 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (línea B).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Parlamento de Andalucía (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones de la línea A aquellas organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) previstas en el artículo 32 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que lleven a cabo algunas de las actividades a que se refiere el presente acuerdo, por sí solas o en cooperación con la contraparte del país donde se pretenda llevar a cabo la intervención.

Para la concesión de subvenciones para proyectos de solidaridad y cooperación internacional (línea A), las ONGD deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 17 y 19 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobada por el Parlamento de Andalucía.

2. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones de la línea B las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con plena capacidad jurídica y de obrar, que tengan entre sus fines la consecución de los objetivos sociales a los que están destinadas estas subvenciones. Se dará prioridad a las entidades radicadas y que desarrollen preferentemente sus actividades en Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 125
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 28/10/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 209
Documento: Ampliación plazo resolución Descargar Documento