Subvenciones a proyectos de solidaridad y cooperación internacional para el desarrollo (Línea A) y a proyectos de acción social en Andalucía vinculados con el COVID-19 (Línea B). Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S36000/21

Norma:

Acuerdo de 30 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 6 de agosto de 2021

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las siguientes subvenciones:

a) Línea A, subvenciones destinadas a la realización de proyectos de solidaridad y cooperación internacional para el desarrollo, con prioridad de los proyectos dirigidos a la atención a la infancia y los que se desarrollen en el ámbito de la salud cuyos objetivos estén relacionados con el COVID-19.

b) Línea B, subvenciones destinadas a la realización de proyectos de acción social en Andalucía, dirigidos a afrontar la recuperación social y económica tras la pandemia del COVID-19.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Parlamento de Andalucía (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones de la Línea A las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (en adelante ONGD) que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobada por el Parlamento de Andalucía, y que se encuentren inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional
para el Desarrollo en Andalucía, creado por el artículo 19 de la citada ley.

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones de la Línea B las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con plena capacidad jurídica y de obrar, que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones, en el Registro de Fundaciones o en el que corresponda de acuerdo con la naturaleza de la entidad, y que tengan entre sus fines la consecución de objetivos
sociales a los que están destinadas estas subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) En la Línea A, aquellos ligados directamente con la ejecución del proyecto, que financian la consecución de los objetivos y la realización de las actividades planeadas.
Tendrán esta consideración, entre otros, los gastos relacionados con la adquisición de terrenos o inmuebles, las obras de infraestructuras, construcción o reforma de inmuebles, los gastos en equipos y materiales inventariables, así como los gastos del personal contratado en el país donde se realice el proyecto o del personal expatriado que resulte necesario para su ejecución.

b) En la Línea B, aquellos ligados directamente con la ejecución del proyecto, que financian la consecución de los objetivos y la realización de las actividades planeadas.

Se consideran gastos indirectos subvencionables, en las Líneas A y B, los que se correspondan con el funcionamiento regular de la entidad y que sirvan de sostén para la ejecución del proyecto. Podrán imputarse estos gastos, en la parte que razonablemente corresponda, de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados y, en todo caso, en la medida en que tales gastos correspondan al período en que efectivamente se realice el proyecto. Los gastos indirectos subvencionables no
podrán exceder del diez por ciento de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 128
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2021 Descargar Documento