Subvenciones a proyectos de inversion para la rehabilitacion y mejoras de mercados y galerias comerciales de la Comunidad de Madrid.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S08791/14

Norma:

ORDEN de 20 de febrero de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones a proyectos de inversión para la rehabilitación y mejora de los Mercados y Galerías Comerciales de la Comunidad de Madrid y realizar la convocatoria para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las ayudas consistirán en subvenciones directas de hasta el 30 por 100 del presupuesto
aceptado y aprobado por la Dirección General de Comercio, impuestos excluidos, con el límite máximo de 250.000 euros por beneficiario.

2. Para la determinación de la cuantía se tendrán en cuenta lo siguiente:

a) 30 por 100 para reformas integrales de mercados y galerías comerciales.

b) 25 por 100 para el resto de supuestos de inversiones en obras y/o adquisición, montaje o instalación de equipamientos referidos singularmente a accesos, instalaciones de seguridad, eléctricas, fontanería, contra incendios y/o climatización.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones Empresariales de Comerciantes y las Federaciones de Comerciantes sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La rehabilitación y mejora de los Mercados y Galerías Comerciales de la Comunidad de Madrid.

Requisitos:

a) Haberse constituido como asociación y tener su domicilio y desarrollar su actividad en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

b) Disponer de representación mayoritaria de los comerciantes integrados en el mercado o galería que sea objeto de la inversión.

c) El mercado o galería comercial donde se vaya a realizar la inversión deberá integrarse por un mínimo de 25 pymes comerciales, que desarrollarán su actividad comercial en dicho equipamiento. Este número mínimo de pequeños establecimientos no será exigible en los mercados y galerías comerciales ubicados en municipios de menos de 25.000 habitantes.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/03/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 76
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento