Subvenciones a proyectos de inversion para la rehabilitacion y mejora de mercados y galerias comerciales de la Comunidad de Madrid.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S05091/15

Norma:

ORDEN de 4 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a las Asociaciones Empresariales de Comerciantes y las Federaciones de Comerciantes de la Comunidad de Madrid para la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la rehabilitación y mejora de los Mercados y Galerías Comerciales de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 50 por 100 del presupuesto aceptado y aprobado por la Dirección General de Comercio, impuestos excluidos, con el límite máximo de 250.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones Empresariales de Comerciantes y las Federaciones de Comerciantes sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La realización de obras de reforma integral o acondicionamiento del mercado o galería comercial y de sus instalaciones, incluyendo además de las áreas comerciales, almacenes, aparcamientos, oficinas, servicios y accesos.

b) La adquisición, instalación y montaje de todo tipo de equipamiento informático, tecnológico o comercial especializado para la gestión del establecimiento comercial colectivo (mercado o galería comercial) correspondiente en el que se lleve a cabo la inversión.

c) Los gastos derivados de las comisiones de aval y estudio por las operaciones que las sociedades de garantía recíproca de la Comunidad de Madrid otorguen a sus socios como resultado de las operaciones financieras suscritas como garantía para el desarrollo de los proyectos de inversión. Igualmente serán subvencionables las comisiones de aval y estudio correspondientes a la tramitación de los anticipos a cuenta de las subvenciones correspondientes.

Requisitos:

a) Haberse constituido como asociación y tener su domicilio y desarrollar su actividad en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

b) Disponer de representación mayoritaria de los comerciantes integrados en el mercado o galería que sea objeto de la inversión.

c) El mercado o galería comercial donde se vaya a realizar la inversión deberá integrarse por un mínimo de 25 pymes comerciales, que desarrollarán su actividad comercial en dicho equipamiento. Este número mínimo de pequeños establecimientos no será exigible en los mercados y galerías comerciales ubicados en municipios de menos de 25.000 habitantes.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las Asociaciones y Federaciones de Asociaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento