Subvenciones a proyectos de ejecución anual de Cooperación al Desarrollo.

Código de ayuda:

S02428/04

Norma:

Orden 1/2004, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

- Aumentar la eficacia a través de una mayor coordinación de las Entidades implicadas;
- Facilitar el trabajo y mejorar la cooperación y coordinación con las Asociaciones, Entidades y Organizaciones destinatarias;
- Potenciar las tareas de sensibilización solidaria de la sociedad riojana.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso se podrá financiar más del 80% del coste total del Proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo y demás asociaciones, entidades y organizaciones que cumplan los requisitos legales de Cooperación para el Desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. En los proyectos de cooperación a desarrollar en otros países se podrán incluir:
- Los gastos de adquisición y transporte de materiales, suministros, equipos, así como otros activos productivos, los de personal y los de funcionamiento. El destino de la subvención para adquisición de terrenos, bienes inmuebles y construcción estará sujeto a la evidencia fehaciente de que su propiedad recaiga en una instancia pública o comunitaria, extremo éste que deberá quedar recogido expresamente.
- Los gastos correspondientes a personal cooperante expatriado siempre que no supere el 10% del total de la subvención.
- Los gastos asociados a actividades de sensibilización de mismo proyecto, siempre que éstas estén detalladas e incluidas en la programación del proyecto, hasta un máximo del 3% de la subvención
- La cofinanciación de los gastos asociados a la administración del proyecto por la entidad solicitante no superará el 10% del total de la subvención, y será en función de la duración del proyecto y de la complejidad del sistema de seguimiento del mismo.
Se entenderán por gastos administrativos los gastos relativos al seguimiento y evaluación del proyecto por parte de la ONG responsable del mismo.

2. En los proyectos de sensibilización social se podrán incluir los gastos corrientes derivados de la realización de exposiciones, campañas, semanas monográficas, ciclos de charlas o talleres, etc. Quedan excluidos los gastos que supongan la adquisición de material inventariable, viajes internacionales o gastos de personal.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 05/02/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 18
Documento: Convocatoria Descargar Documento