Subvenciones a proyectos de digitalización en empresas.

Código de ayuda:

S02046/25

Norma:

ORDEN de 21 de enero de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2026, subvenciones para proyectos de digitalización en empresas, en el marco de las bases reguladoras aprobadas por la Orden n.º 33/2025 de 21 de enero de 2025, de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (BOC n.º 20, de 30 de enero de 2025).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la presente convocatoria se establece como límite mínimo y máximo de la subvención a conceder por solicitud la cantidad de 5.000 y 25.000 euros respectivamente, dada la dotación presupuestaria disponible para el ejercicio 2026.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las empresas que vayan a realizar proyectos de digitalización definidos en la base 2 y según lo dispuesto en la base 6.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos de digitalización que comprendan una o varias de las siguientes actuaciones de las recogidas en la base reguladora 6:
i. Gestión de recursos empresariales (ERP).
ii. Gestión de relaciones con los clientes (CRM).
iii. Soluciones de Business Intelligence (BI).
v. Ciberseguridad.
vi. Soluciones de Inteligencia Artificial (IA).

Requisitos:

a) Tener una antigüedad superior a tres años a contar desde la fecha de constitución de la empresa.

b) Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Contar con una o más personas en plantilla.

d) Tener una antigüedad superior a tres años en el desarrollo, con carácter principal, de una actividad económica encuadrada y en situación de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.

e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 30/01/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento