Subvenciones a proyectos de ahorro y eficiencia energetica en el marco del convenio suscrito entre el IDAE y el Inegael dia 3 de julio de 2008 y con financiacion en parte del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al amparo del Programa operativo FederGalicia 2007-2013.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S43782/11

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/11/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones a las actuaciones y proyectos de ahorro y eficiencia energética.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas mayores de edad o emancipadas que tengan plena capacidad de obrar.

b) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos.

c) Las empresas que tengan contratada la gestión energética de inmuebles e instalaciones de titularidad pública o privada, y que el objeto de los correspondientes contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. El pago de los servicios que prestan tales empresas se basa en la obtención de mejoras de eficiencia energética y en el cumplimiento de los demás requisitos de rendimiento convenidos. Se contará, en todo caso, con el visto bueno del titular del inmueble o instalación, por si pudiera dar lugar a la modificación del contrato existente entre ambas partes.

d) Los distintos tipos de administraciones públicas.

e) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad jurídica. En estos casos, se deberá hacer constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de los integrantes, así como el importe de subvención que se va a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios. Deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación con poder bastantes para cumplir con los deberes propios de los beneficiarios de una subvención. No podrá isolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

f) Fundaciones, asociaciones, comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado sin ánimo de lucro, tales como comunidades de propietarios, comunidades hereditarias o en general entidades de base patrimonial que, aún careciendo de personalidad jurídica, cuenten con una administración común para llevar a cabo a actuación para la que solicitan la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Industria:

Auditorías energéticas a industrias (AEI).

Proyectos de ahorro y eficiencia energética en industrias (PEI).

Transporte:

Estudios integrales de movilidad urbana sostenible (EPM).

Estudios de viabilidad de actuaciones de movilidad urbana sostenible (VPM).

Planes de transporte para empresas (EPT).

Gestión de flotas de transporte por carretera (XFT).

Edificación:

Rehabilitación de la envolvente térmica de los edificios existentes (ENV).

Mejora de la eficiencia energética de instalaciones térmicas en los edificios
existentes (TER).

Construcción de nuevos edificios con alta cualificación energética (CNE).

Auditorías energéticas en los edificios del sector residencial y servicios (AES).

Servicios públicos:

Renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes
(ILE/SEM).

Auditorías energéticas a instalaciones de alumbrado público (AEP).

Proyectos de alumbrado público (PAP).

Transformación energía:

Auditorías energéticas en cogeneraciones (AEC).

Estudios de viabilidad para cogeneraciones (EVC).

Agricultura:

Auditorías energéticas y proyectos de ahorro y eficiencia energética en el
sector pesquero (PES).

Auditorías energéticas y proyectos de mejora de eficiencia energética en el
sector agrario (AGR).

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los párrafos 2 y 3 del artículo 10 de la citada Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 176
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 06/10/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 192
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento