Subvenciones a proyectos de accion humanitaria que realicen organizaciones no gubernamentales para el Desarrollo (ONGD) a ejecutar en paises y poblaciones estructuralmente empobrecidos.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S60073/10

Norma:

ORDEN 12/2010, de 4 de noviembre. ORDEN 15/2010, de 11 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de proyectos de acción humanitaria a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Solidaridad y Ciudadania (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos podrán recibir de la Generalitat ayudas y subvenciones hasta un máximo del 80% del coste total del proyecto. Por cada proyecto se podrá conceder una subvención de hasta 164.130 euros, sin superar el límite del 80%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Prevención de desastres y conflictos humanos: aumentar las capacidades de reacción de las poblaciones vulnerables por medio de planificación y actuación estratégicas, con el fin de impedir la aparición de una catástrofe natural o conflicto, y/o reduciendo su intensidad para evitar que el desastre cause víctimas y desestructuración.

b) Emergencia mediata e inmediata: intervenciones de carácter urgente que tengan lugar tras desastres naturales o provocados por la acción humana.

c) Post-emergencia, rehabilitación y reconstrucción: intervenciones dirigidas a restablecer el equilibrio, garantizar los derechos humanos básicos y el restablecimiento de capacidades humanas de los damnificados, así como acciones de reconstrucción y rehabilitación, respecto a situaciones de emergencia causada por catástrofe natural o provocada por la acción humana, y que hayan acontecido dentro de los
12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria.

Además, podrán ser objeto de la presente convocatoria los proyectos cuyas intervenciones tanto de emergencia como de post-emergencia se desarrollen en un contexto de crisis compleja, entendiendo como tal, el causado por la combinación de diversos factores: el desmoronamiento de la economía formal y de las estructuras estatales, los conflictos civiles, las hambrunas, las crisis sanitarias y el éxodo de la población.

Requisitos:

1. En caso de proyectos de emergencia y prevención de emergencia, la experiencia previa deberá acreditarse mediante el aporte de documentos justificativos de la ejecución, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de cuatro proyectos de acción humanitaria en países empobrecidos.

2. En caso de proyectos de post-emergencia así como los que se desarrollen en un contexto de crisis compleja, la experiencia previa deberá acreditarse mediante el aporte de documentos justificativos de la ejecución, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de cuatro proyectos de acción humanitaria o cooperación al desarrollo en países empobrecidos.

3. En todos los casos, se exime la acreditación de experiencia a aquellas ONGD que hayan obtenido subvenciones en anteriores convocatorias de subvenciones a proyectos de Acción Humanitaria del
programa de cooperación internacional al desarrollo de la Generalitat.

4. En el caso de que el proyecto se presente por una agrupación de ONGD, todas las entidades que la integran habrán de cumplir los requisitos exigidos en la base 4, así como las obligaciones previstas
en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, si bien la experiencia podrá acreditarse de forma conjunta entre todas ellas.

Documentos asociados

Boletín: 08/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6392
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6397
Documento: Modificación Descargar Documento