Subvenciones a proyectos de I+D en el sector de la automoción, promovidas por SODERCAN, S.A.

Código de ayuda:

S52446/20

Norma:

Orden INN/42/2020, de 30 de septiembre. Resolución SOD/AUT/20/20, de 8 de octubre. Resolución SOD/AUT/20/21, de 27 de julio de 2021. Resolución SOD/AUT/20/22, de 2 de febrero de 2022. Orden IND/2/2023, de 2 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 23:59 horas del 2 de junio de 2023 de forma telemática o hasta las 14:00 horas presencial.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas encaminadas al fomento de proyectos de I+D cuyo objetivo final sean nuevos productos, procesos y/o servicios en el sector automoción, de modo que se facilite la transición hacia los nuevos sistemas de propulsión, movilidad segura y vehículo conectado, el aligeramiento de materiales, la fabricación avanzada, así como los retos que estas tecnologías emergentes demandan.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (SODERCAN) (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables del proyecto será de hasta el 50% de los costes elegibles para proyectos de investigación industrial, y de hasta el 25% de los costes elegibles para proyectos de desarrollo experimental, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 70% y del 45%, respectivamente, por tamaño de empresa: en un 10% adicional para mediana empresa, y en 20% adicional para pequeña empresa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de persona beneficiaria las empresas (incluyendo las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos/as), cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, y sean titulares en Cantabria de una actividad económica. Asimismo, podrán tener la condición de beneficiarias las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para las empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Costes de personal.

Costes de equipamiento (amortización).

Costes de material, suministros y productos similares.

Costes de asistencias técnicas e investigación contractual, con un límite del 30% del presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 19/10/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 200
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/10/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 200
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Boletín: 16/08/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 157
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/08/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 157
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Boletín: 10/02/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 28
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Boletín: 09/02/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 28
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Boletín: 02/03/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 43
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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