Subvenciones a profesionales y empresas en materia de teatro y danza.

Código de ayuda:

S46000/08

Norma:

Orden de 16 de mayo de 2008. Orden de 11 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a profesionales y empresas en materia de teatro y danza para proyectos bienales, producción, giras y participación en festivales y ferias.

El periodo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El número de subvenciones concedidas no podrá exceder de 3, ni la dotación unitaria máxima de 80.000,00
euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones descritas en las modalidades a) y c) del artículo 4.2 de esta
Orden, los profesionales y empresas de teatro y danza, con domicilio fiscal en la Región de Murcia.

Para ser beneficiarios de las subvenciones descritas en la modalidad b) del artículo 4.2 de esta Orden, además de cumplir los requisitos establecidos en el párrafo anterior, deberán:

- Tener una antigüedad mínima de 2 años.
- Tener una actividad continuada desde su creación.
- Haber realizado un mínimo de 3 producciones en los últimos 4 años.
- Disponer de una estructura laboral estable, acreditando haber cotizado en el régimen general o de
autónomos en el caso de apoderados de la empresa por, al menos, dos personas con relación laboral de carácter fi jo así como un mínimo de 480 días cotizados durante el año 2007 en el régimen especial de artistas.

Para ser beneficiario de las subvenciones los solicitantes deben cumplir también los siguientes requisitos:

a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Autonómica, salvo que estuvieren garantizadas o suspendidas.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
c) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La convocatoria comprende las tres modalidades de subvenciones siguientes:

a) Subvenciones a la producción y/o giras de profesionales y empresas de teatro y danza.
Estas subvenciones tienen por finalidad el incremento cualitativo de los espectáculos de teatro y danza que se producen en la Región de Murcia, con el fin de posibilitar a los ciudadanos una oferta diversificada y de calidad y facilitar la exhibición de las producciones de compañías murcianas de teatro y danza en España o en el extranjero, colaborando así con la progresiva consolidación de los profesionales y empresas de teatro y danza en la Región de Murcia.

En el caso de gira, se considerará como tal aquella que tenga un mínimo de 15 funciones, excluyendo la participación en festivales y ferias; y se extienda al menos por tres comunidades autónomas, incluida la Región de Murcia.

b) Subvenciones a proyectos bienales para profesionales y empresas de teatro y danza.
Estas subvenciones tienen por finalidad el apoyo a aquéllos profesionales y empresas que, con una
trayectoria plenamente consolidada, desarrollan proyectos artísticos, especialmente en lo concerniente a producción de espectáculos, cuyo ciclo de explotación abarca un periodo superior al año, facilitando así la progresiva consolidación de las empresas, su proyección nacional e internacional, el incremento cualitativo de los espectáculos de teatro y danza que se producen en la Región de Murcia con la intención de posibilitar a los ciudadanos una oferta diversificada y de calidad y facilitar la exhibición de las producciones de compañías murcianas de teatro y danza en España o en el extranjero.
Las ayudas concedidas tendrán carácter anual y estarán dirigidas únicamente a las actividades que se
realicen en el ejercicio 2008. Su concesión no supondrá compromiso de gasto para la Dirección General de
Promoción Cultural en 2009. Por ello, los beneficiarios en la presente convocatoria de ayudas anuales a un proyecto bienal que, habiendo cumplido con las condiciones fijadas, opten por la continuidad del proyecto y deseen percibir la ayuda en el ejercicio 2009, deberán, necesariamente, concurrir al proceso de selección.

c) Subvenciones a la participación en festivales y ferias de profesionales y empresas de teatro y danza.
Estas subvenciones tienen como finalidad potenciar la presencia en festivales y ferias de los proyectos de
profesionales y empresas de teatro y danza, con el fin de apoyar su desarrollo comercial y su presencia en el mercado, dotándolas de mayor competitividad.

Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad
o proyecto subvencionado, se realicen en el plazo de ejecución establecido por esta convocatoria, y se paguen con anterioridad a la fi nalización del plazo de justificación.

a) Gastos admitidos:
- Compra de suministros de material fungible.
- Honorarios profesionales, sueldos y salarios, hasta el 50% del importe total del proyecto presentado en la solicitud de subvención. En caso de giras no se considerará esta limitación.
- Alquileres de equipos, películas, sonido, iluminación.
- Transporte de materiales y equipos, dietas, alojamiento y desplazamiento de participantes en las
actividades.
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la actividad, materiales de comunicación y/o promoción comercial (folletos, página web, DVD o CD promocionales, traducción de los mismos a otros idiomas, folletos informativos, carteles libros, etc.)
- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

b) Gastos excluidos:
- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Intereses, recargo y sanciones administrativas o penales.
- Gastos de procedimientos judiciales.
- Gastos de comidas e invitaciones protocolarias.
- Gastos de inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable.
- Gastos originados en las actuaciones realizadas en la Región de Murcia, en el caso de giras.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/02/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 27
Documento: Modificación Descargar Documento