Subvenciones a personas que, en situación de drogodependencia y con escasez de recursos económicos, precisen iniciar un programa de tratamiento en centros acreditados no dependientes del Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S08337/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, a personas que, en situación de drogodependencia y con escasez de recursos económicos, precisen asistencia en un centro de tratamiento de drogodependencias acreditado, no dependiente de la Administración del Principado de Asturias, a lo largo del año 2006.

Las subvenciones podrán concederse para la realización de internamientos en Comunidades Terapéuticas o para el seguimiento de programas de deshabituación acreditados y reconocidos por la Administración del Principado de Asturias que puedan estar indicados para la situación actual de la persona demandante de la subvención, a juicio de los Servicios de Salud Mental del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Salud y Servicios Sanitarios (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Para ser beneficiario de la subvención prevista en la presente Resolución deberán concurrir en el interesado los requisitos siguientes:

1. Que la solicitud de la ayuda sea formulada expresamente por el propio interesado/a.
2. Que el/la solicitante esté empadronado en Asturias, al menos desde hace un año.
3. Que, tras valoración por parte de los Servicios de Salud Mental del Principado de Asturias, se considere que la persona que solicita la ayuda precise iniciar un programa terapéutico específico dirigido a paliar los problemas derivados de su drogodependencia.
Este informe será remitido a la Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas para su posterior tramitación.
4. Que los ingresos económicos del solicitante no hagan posible hacer frente al pago total del coste del programa terapéutico recomendado.
5. Que el solicitante no perciba ayuda de otros organismos para atender en su totalidad la necesidad que motiva la ayuda.
6. Que, durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de esta solicitud, el solicitante no haya finalizado o abandonado un programa terapéutico subvencionado por esta Consejería idéntico al que motiva la presente solicitud de ayuda.
7. Que tanto la solicitud de ayuda como la documentación requerida deberán ser presentadas necesariamente antes del ingreso que se efectúe en cualquiera de los centros de tratamiento debidamente acreditados para la atención de personas drogodependientes.
Quedan exceptuados del presente requisito aquellos beneficiarios que, habiendo obtenido estas ayudas durante el año 2005, continúen en el mismo programa terapéutico subvencionado, a los cuales se les prorrogará la ayuda concedida mientras dure el tratamiento.
8. Que la valoración del centro donde se efectuará el ingreso, y posterior derivación al mismo, se realizará en la Unidad de Coordinación del Plan sobre Drogas.
9. Que los solicitantes se comprometan a realizar una desintoxicación en cualquiera de los dispositivos de la red de Salud Mental de Asturias, previamente al ingreso en el programa terapéutico, cuando sea prescrita por el centro de salud mental correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 69
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento