Subvenciones a personas mayores y a entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la realizacion de programas y actividades a favor de dicho colectivo con residencia en Ceuta y Melilla.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S21019/08

Norma:

RESOLUCION de 18 de febrero de 2008. ORDEN TAS/1655/2007, de 1 de junio. Resolucion de 1 de abril de 2009. Resolucion de 13 de abril de 2010. Resolución de 17 de mayo de 2011. Resolución de 19 de junio de 2012. Resolución de 16 de mayo de 2013. Resolución de 28 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a personas mayores con residencia en las Ciudades de Ceuta y de Melilla, y a entidades y organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación circunscrito a dicho territorio, que realicen actividades y programas a favor del citado colectivo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según línea de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los particulares, las entidades y las organizaciones no gubernamentales de las Ciudades de Ceuta y de Melilla, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Subvenciones individuales que se convocan para personas mayores:

1. Subvenciones para la rehabilitación:

1.1 Recuperación médico-funcional:

Medicina ortoprotésica: Incluye la adquisición o renovación de gafas o lentillas y de prótesis (mensuales): Hasta el coste real.

2. Subvenciones para la asistencia especializada:

2.1 Asistencia domiciliaria:

Adaptación y reparación funcional del hogar. 2.892,48 euros.

2.2 Movilidad y comunicación:

a) Aumento de la capacidad de desplazamiento:

Adquisición de silla de ruedas: 289,24 euros.

b) Eliminación de barreras arquitectónicas: 2.892,48 euros.

B) Subvenciones que se convocan para entidades y organizaciones no gubernamentales de personas mayores.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en los correspondientes Registros administrativos a la fecha de publicación de la convocatoria.

b) Tener su ámbito de actuación circunscrito a Ceuta y/o Melilla, según sus Estatutos.

c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se consideran también entidades y organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que acrediten que los beneficios resultantes de las mismas se invierten en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

d) Dedicarse, conforme a sus Estatutos, con carácter habitual, a la atención de las personas mayores o de las personas con discapacidad.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

f) Disponer de la estructura y la capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, teniendo la experiencia operativa necesaria para ello.

g) Haber justificado suficientemente, en su caso, las subvenciones recibidas con anterioridad por el IMSERSO.

h) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones, se establecen el artículo 13, apartados 2 y 3 de la LGS.

Además de los requisitos de carácter general, establecidos para las personas solicitantes en el artículo 3 de la mencionada Orden de bases reguladoras, las entidades y las organizaciones no gubernamentales de atención a las personas mayores que concurran a la presente convocatoria deberán dedicarse, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter habitual a la realización de programas y
actividades en favor de las personas mayores.

Documentos asociados

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