Subvenciones a personas fisicas y juridicas titulares de autorizaciones de transporte publico por carretera para el fomento de las condiciones de seguridad y de la incorporacion de nuevas tecnologias y mejoras medioambientales - Convocatoria 2007 - modificaciones.

Código de ayuda:

S62664/07

Norma:

Orden de 18 de septiembre de 2007. Resolución de 3 de octubre de 2007. Orden de 19 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden contiene las bases reguladoras aplicables para la concesión de subvenciones destinadas a
fomentar la seguridad, la incorporación de nuevas tecnologías y la aplicación de mejoras medioambientales
en el sector del transporte por carretera en Galicia.
Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2007.

En concreto, se considerará subvencionable la adopción de cualquiera de las medidas siguientes:

a) Aplicación de sistemas de calidad o medioambientais, certificados de conformidad con las normas ISO, UNE 13816 o EMAS; en el caso de transportistas autónomos, disposición del Manual del conductor de la Guía para la implantación de la ISO 9002 en Pymes de transporte de mercancías por carretera.
b) Disposición de vehículos adaptados a la normativa Euro.
c) Disposición de sistemas de control de flotas y localización por satélite GPS-GPRS.
d) Aplicación de sistemas de prevención de riesgos laborales.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos
en esta orden, las personas físicas o jurídicas cuya actividad sea el transporte por carretera, tanto de viajeros como de mercancías.

Para tener derecho a las ayudas reguladas en esta orden los beneficiarios deberán cumplir, con efectos
del último día del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Disponer de autorizaciones de transporte público en vigor en el 2007 de las clases MDP, MDL o VD
para la realización de transporte discrecional, otorgadas por la Consellería de Política Territorial, Obras
Públicas y Transportes. Los solicitantes deberán figurar inscritos en el Registro General de Transportistas
del Ministerio de Fomento como titulares de esas autorizaciones, y estas no deberán encontrarse, en
ningún caso, en situación de suspensión.
b) Acreditar el cumplimiento de cualquiera de las medidas previstas en el artículo 1º.3 de esta orden.
c) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones.
d) Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia, por lo menos desde el 1 de enero de
2007, y mantenerlo ininterrumpidamente hasta el momento en que se resuelve la presente convocatoria
de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/09/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 184
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/10/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 197
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 10/10/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 197
Documento: Aclaración de la aplicación de la Orden de Bases Descargar Documento
Boletín: 22/10/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento