Subvenciones a personas fisicas y entidades sin fin de lucro para inversiones en bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de la Region de Murcia.

Código de ayuda:

S40055/09

Norma:

Orden de 27 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a personas físicas y entidades sin fin de lucro de la Región de Murcia, en régimen de concurrencia competitiva, para inversiones en bienes inmuebles del patrimonio cultural de la Región de Murcia. Esta convocatoria tiene como finalidad financiar la conservación, rehabilitación y restauración de bienes inmuebles del patrimonio cultural, así como la redacción de proyectos de restauración de tales bienes, incluidos yacimientos y zonas arqueológicas y
paleontológicas; el desarrollo de actuaciones arqueológicas y paleontológicas en la Región, salvo las de carácter ordinario, así como bienes inmuebles del patrimonio etnográfico, y en concreto: molinos de viento, molinos hidráulicos, norias, aljibes, elementos de los sistemas de regadío tradicionales, salinas y hornos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Las cantidades a reintegrar vendrán integradas por el importe subvencionado, más los intereses de demora, salvo el supuesto de nulidad o anulación no imputable al beneficiario.

b) Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, siendo de aplicación para su cobranza, lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y entidades sin fin de lucro de la Región de Murcia que promuevan inversiones
destinadas a lograr los objetivos que se indican en el artículo primero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones en bienes inmuebles que estén declarados bien de interés cultural o que tengan incoado expediente para su declaración, así como la redacción de proyectos para la restauración o rehabilitación de los mismos.

b) Inversiones en bienes inmuebles incluidos en conjuntos históricos que estén declarados bienes de interés cultural o que tengan incoado expediente para su declaración, así como la redacción de proyectos para la restauración o rehabilitación de los mismos.

c) Inversiones en molinos de viento, así como la redacción de proyectos para la restauración o rehabilitación de los mismos.

Requisitos:

a) No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.

c) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

d) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 115
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento