Subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético.

Código de ayuda:

S60391/21

Norma:

Orden STE/74/2021, de 17 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 150

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la solicitud, tramitación y concesión de ayudas destinadas a reducir el consumo de energía por la sustitución de electrodomésticos por otros energéticamente más eficientes.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y Portavocía de Gobierno (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en la aplicación por parte del establecimiento adherido al Plan de un descuento del 25% del precio de adquisición del electrodoméstico (IVA incluido), hasta un máximo de 150 euros por cada electrodoméstico, conforme a lo establecido en el Anexo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que compren un electrodoméstico de los señalados en esta Orden en cualquiera de los establecimientos comerciales adheridos al Plan Renove de Electrodomésticos, en adelante el Plan, mediante la aplicación del descuento correspondiente en el precio de la adquisición.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayudas destinadas a reducir el consumo de energía por la sustitución de electrodomésticos por otros energéticamente más eficientes.

Requisitos:

Podrán obtener la condición de beneficiarios directos de la subvención las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que adquieran un electrodoméstico de los incluidos en el Anexo II de esta Orden con cualquiera de las siguientes categorías:

a) A, A+, A++, A+++ según la clasificación energética regulada por la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía mediante el etiquetado y una información normalizada del producto, y que se incorporó al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre .

b) Letras A, B, C, D y E según la clasificación energética vigente (Reglamento UE/2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017).

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Por ello, deberán cumplimentar una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos para tener tal condición y de que no concurre ninguna de las prohibiciones para tener tal condición establecidos en el citado artículo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo a esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 228
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento