Subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente al ejercicio 2025.

Código de ayuda:

S09819/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2025. ORDEN de 15 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas para sufragar los gastos corrientes producidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura en que incurran como consecuencia de sus actividades sindicales, promoción sociolaboral y formativas de los trabajadores durante el ejercicio presupuestario en que sea publicada la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Secretaria General (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones sindicales que habiendo obtenido representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las elecciones de miembros de Comités de Empresas, Delegados de Personal y Juntas de Personal a 31 de diciembre del 2024, no ostentan la condición de más representativas en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 13 de marzo, de Participación Institucional de los Agentes Sociales

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones estarán destinadas a sufragar los gastos corrientes en que incurran las organizaciones sindicales como consecuencia de sus actividades sindicales, de promoción sociolaboral y formativas de los trabajadores durante el ejercicio presupuestario en que sea publicada la correspondiente convocatoria, entendiéndose comprendidos dentro de los conceptos subvencionables los siguientes gastos producidos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

a) Gastos de personal incluyendo aquellas cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social.
b) Gastos de arrendamientos e Impuesto de Bienes Inmuebles de aquellos centros u oficinas pertenecientes a su organización, así como los gastos de electricidad, agua, teléfono u otros gastos análogos que tengan el carácter de funcionamiento técnico-administrativo de los mismos.
c) Gastos de representación e interlocución ante organismos oficiales.
d) Gastos de organización de actividades formativas de trabajadores.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/04/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 74
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 16/04/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 74
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento