Subvenciones a los ciudadanos retornados a Castilla y Leon que se encuentren en situacion de especial necesidad.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S42319/14

Norma:

ORDEN PRE/728/2014, de 18 de agosto. ORDEN PRE/804/2014, de 18 de septiembre. ORDEN PRE/53/2015, de 5 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/05/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el año 2015 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los ciudadanos retornados a Castilla y León que se encuentren en situación de especial necesidad.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederán 250 € por cada punto obtenido.

La cuantía de la ayuda se incrementará por beneficiario, en atención a la lejanía del país de procedencia respecto a Castilla y León, de la siguiente forma:

• Para solicitantes procedentes de alguno de los siguientes países: países miembros de la Unión Europea, así como Albania, Andorra, Bosnia y Herzegovina, Ciudad del Vaticano, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Montenegro, Noruega, República de Macedonia, San Marino, Serbia y Suiza: 150 € por solicitante.

• Para solicitantes procedentes de algún país no incluido en la relación anterior: 450 € por solicitante.

El importe máximo de la subvención a conceder por solicitante no podrá superar la cantidad de DOS MIL EUROS (2.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los ciudadanos retornados a Castilla y León según se define en el artículo 2.4 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellano y Leonesa en el Exterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El apoyo a los ciudadanos retornados a Castilla y León que se encuentren en situación de especial necesidad.

Requisitos:

1. Ser mayor de dieciocho años en la fecha de la solicitud.

2. Haber residido legalmente en el extranjero de forma continuada un mínimo de cinco años, dentro de los siete años anteriores a la fecha de la publicación de esta convocatoria.

3. Que su retorno a Castilla y León se haya producido dentro del último año inmediatamente anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.

4. Estar empadronados y tener residencia en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, tanto el solicitante como el resto de los miembros componentes de la unidad familiar.

5. Encontrarse en situación de especial necesidad conforme se define en el artículo 6 de la Orden PRE/728/2014, de 18 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para al concesión de subvenciones a los ciudadanos retornados a Castilla y León que se encuentren en situación de especial necesidad, para lo que será preciso alcanzar una puntuación mínima de 2 puntos, según los criterios de valoración de la disposición 8.ª de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 22/08/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 161
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Boletín: 24/09/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 184
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 09/10/2014
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BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 27
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