Subvenciones a los ayuntamientos para estudios de cobertura de la señal, realizacion de proyectos tecnicos y dotacion de equipamientos para el servicio de television digital terrestre.

Código de ayuda:

S08019/08

Norma:

Resolucion de 28 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los objetivos de estas subvenciones son apoyar las acciones de los ayuntamientos para:

-La realización de estudios técnicos de cobertura de la señal de televisión digital terrestre.
-La realización de proyectos técnicos de telecomunicación de estaciones transmisoras de televisión
digital terrestre de baja potencia en red de frecuencia única.
-La dotación de transmisores de televisión de baja potencia en red de frecuencia única.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Inicialmente se asignarán los importes siguientes:

-75.000 euros para la modalidad A.
-100.000 euros para la modalidad B.
-200.000 euros para la modalidad C.

Esta asignación inicial se hace sin perjuicio de la distribución definitiva que resulte de las resoluciones de adjudicación. El crédito no adjudicado en una modalidad puede aplicarse en la otra, hasta conseguir el límite total señalado.

El imponerte de las ayudas concedidas podrá conseguir las siguientes cuantías máximas por línea de
subvención y por ayuntamiento:

-Modalidad A): 1.500 euros.
-Modalidad B): 2.000 euros.
-Modalidad C): 14.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar la estas subvenciones los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que, en el
caso de la línea de subvención de la modalidad C), cumplan con lo requerido en la disposición adicional
duodécima del Real decreto 944/2005, de 29 de julio, (BOE nº 181, del 30 de julio), que especifica las condiciones que deben cumplir los ayuntamientos en su iniciativa local de extensión de cobertura de señal de televisión.

Quedarán excluidos los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que hubieran sido beneficiarios de subvenciones semejantes en los años 2006 y 2007 que, teniendo reconocida la obligación de pago, tengan pendiente la entrega en la Dirección General de Comunicación Audiovisual de documentación definitiva: proyectos técnicos y actas de recepción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de subvención previstas en esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, se
desglosan en tres modalidades:

-Modalidad A): para la realización de estudios de cobertura de la señal de televisión en el marco de
despliegue de infraestructuras de difusión del servicio de televisión digital terrestre.

-Modalidad B): para la realización de proyectos técnicos de telecomunicación de estaciones transmisoras
de televisión digital terrestre de baja potencia en red de frecuencia única.

-Modalidad C): para dotación, instalación y certificación de transmisores de televisión digital terrestre
de baja potencia en red de frecuencia única.

Serán subvencionables los siguientes conceptos para cada una de las modalidades:

-Modalidad A):
Será subvencionable el gasto derivado de la realización de estudios de cobertura de la señal de televisión
digital terrestre.

-Modalidad B):
Serán subvencionables los conceptos de honorarios y gastos de la realización del proyecto técnico de telecomunicación, realizado por un ingeniero de telecomunicación o ingeniero técnico de telecomunicación,
y visado por el colegio profesional correspondiente.
Es imprescindible que el emplazamiento propuesto para la realización del proyecto técnico esté en áreas
de cobertura de la red primaria de televisión digital terrestre, para funcionar en red de frecuencia única y
que dicho lugar sea adecuado para la cobertura de la zona de sombra.

-Modalidad C):
Será subvencionable el equipamiento de telecomunicaciones de la estación transmisora, la instalación de este equipamiento, los accesorios para su protección y anclaje, así como los honorarios correspondientes a la certificación técnica de la instalación.
Quedan excluidos los conceptos correspondientes a obra civil, al mástil soporte y al suministro eléctrico.
El emplazamiento propuesto estará en áreas de cobertura de la red primaria de televisión digital terrestre para funcionar en red de frecuencia única y que dicho lugar sea adecuado para la cobertura de la zona de sombra.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 24
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/02/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 34
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento