Subvenciones a los artesanos para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fuera del ámbito regional.
Código de ayuda:
S08437/04Norma:
Resolución de 1 de marzo de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir al perfeccionamiento profesional de los mismos, al acceso de sus productos a nuevos mercados y a la mejora de la imagen exterior del conjunto de la artesanía asturiana, para lo cual se subvencionará tanto la asistencia de dichos artesanos a cursos como la asistencia a ferias relacionadas con su actividad, ambos celebrados fuera del Principado de Asturias.Categorías Subvención
- Artesanía
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Podrá ascender hasta el 60% de los gastos subvencionables, ampliándose dicho límite máximo hasta el 80% cuando las ferias o cursos se celebren en el extranjero. El importe máximo de la subvención en ningún caso podrá exceder los 9.000 euros por solicitante y año.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, residentes en Asturias que asistan a ferias o cursos de perfeccionamiento profesional celebrados fuera del ámbito regional y que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos derivados de la participación de las empresas artesanas en ferias y cursos profesionales que se celebren en España o en el extranjero, exceptuándose las que se celebren en el Principado de Asturias durante el año 2004.Para la asistencia a ferias, los gastos por:
- Canon de ocupación de suelo.
- Construcción de “stand” ferial.
- Otros directamente relacionados con la participación en la feria como: Alquileres de mobiliario, suministros, transporte de mercancías, intérpretes, etc.
- Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 150 euros por feria.
Para asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, los gastos de:
- Derechos de matrícula y asistencia.
- Compra de material destinado al curso.
- Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 150 euros por curso.
No serán objeto de subvención las ferias y cursos cuando los gastos subvencionables totales sean menores de 450 euros.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
24/03/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
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