Subvenciones a los artesanos para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fuera del ámbito regional.

Código de ayuda:

S08437/04

Norma:

Resolución de 1 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir al perfeccionamiento profesional de los mismos, al acceso de sus productos a nuevos mercados y a la mejora de la imagen exterior del conjunto de la artesanía asturiana, para lo cual se subvencionará tanto la asistencia de dichos artesanos a cursos como la asistencia a ferias relacionadas con su actividad, ambos celebrados fuera del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá ascender hasta el 60% de los gastos subvencionables, ampliándose dicho límite máximo hasta el 80% cuando las ferias o cursos se celebren en el extranjero. El importe máximo de la subvención en ningún caso podrá exceder los 9.000 euros por solicitante y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, residentes en Asturias que asistan a ferias o cursos de perfeccionamiento profesional celebrados fuera del ámbito regional y que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de la participación de las empresas artesanas en ferias y cursos profesionales que se celebren en España o en el extranjero, exceptuándose las que se celebren en el Principado de Asturias durante el año 2004.

Para la asistencia a ferias, los gastos por:
- Canon de ocupación de suelo.
- Construcción de “stand” ferial.
- Otros directamente relacionados con la participación en la feria como: Alquileres de mobiliario, suministros, transporte de mercancías, intérpretes, etc.
- Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 150 euros por feria.

Para asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional, los gastos de:
- Derechos de matrícula y asistencia.
- Compra de material destinado al curso.
- Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 150 euros por curso.

No serán objeto de subvención las ferias y cursos cuando los gastos subvencionables totales sean menores de 450 euros.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 70
Documento: Convocatoria Descargar Documento