Subvenciones a los artesanos del Principado de Asturias para la asistencia a ferias y para cursos de perfeccionamiento profesional fuera del ámbito regional.

Código de ayuda:

S15128/05

Norma:

Resolución de 29 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir al perfeccionamiento profesional de los artesanos, al acceso de sus productos a nuevos mercados y a la mejora de la imagen exterior del conjunto de la artesanía asturiana, para lo cual se subvencionará la asistencia de dichos artesanos a cursos y ferias relacionadas con su actividad que se celebren fuera de nuestra Comunidad Autónoma.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá ascender hasta el 60% de los gastos subvencionables ampliándose dicho límite máximo hasta el 80% cuando las ferias o cursos se celebren en el extranjero.

El importe máximo de la subvención en ningún caso podrá exceder los 9.000 euros por solicitante y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, residentes en Asturias que asistan a ferias o cursos de perfeccionamiento profesional celebrados fuera del ámbito regional y que estén inscritas o hayan cursado inscripción en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias, regulado en el Reglamento de 31 de octubre de 2001 de desarrollo parcial del Decreto 88/94, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad artesana del Principado de Asturias, reuniendo las condiciones y aportando toda la documentación requerida para ello.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser subvencionables los gastos derivados de la participación de las empresas artesanas en ferias y cursos profesionales que se celebren en España o en el extranjero, exceptuándose las que se celebren en el Principado de Asturias.

Estos gastos deberán dirigirse a alguno de los siguientes conceptos:

Para la asistencia a ferias:

1. Canon de ocupación de suelo.
2. Construcción de “stand” ferial.
3. Otros directamente relacionados con la participación en la feria como: alquileres de mobiliario, suministros, transporte de mercancías, intérpretes, etc.
4. Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 200 euros por feria.

Para asistencia a cursos de perfeccionamiento profesional:

1. Derechos de matrícula y asistencia.
2. Compra de material destinado al curso.
3. Gastos de alojamiento y manutención, hasta un máximo de 200 euros por curso.

No serán objeto de subvención las ferias y cursos cuando los gastos subvencionables totales sean menores de 450 euros.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento