Subvenciones a los Programas de Carne de Vacuno de Calidad para el año 2006.

Código de ayuda:

S20528/03

Norma:

Orden de 20 de febrero de 2003; Orden de 21 de octubre de 2004. Orden de 3 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la ejecución de los programas de carne de vacuno de calidad para el año 2006 de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Real Decreto 1097/2002, de 25 de octubre de 2002 y el Decreto 205/2005, de 11 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se completan las bases reguladoras de diversas subvenciones existentes en materia de
agricultura y alimentación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el ejercicio 2006, el importe de las ayudas podrán llegar hasta el 50% de los gastos derivados del control establecido en los programas de carne de vacuno de calidad, ajustándose a los límites establecidos en el apartado siguiente, sin que en ningún caso, se superen las disponibilidades presupuestarias.

Un programa no podrá recibir estas ayudas un periodo superior a cinco años pudiendo percibir hasta el 50% de ayuda los 3 primeros años, el 40% el cuarto año y 30% el quinto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas domiciliados en Aragón que apliquen programas de carne de vacuno de calidad, para lo cual podrán agrupar a la totalidad de agentes que intervienen en todas las fases de aplicación de dichos programas o establecer con ellos las correspondientes relaciones contractuales.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entenderán como actividades subvencionables aquellas encaminadas a desarrollar los programas de carne de vacuno de calidad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que fundamentalmente son los mecanismos de control para garantizar el seguimiento del animal y el producto en todas y cada una de las fases de producción, sacrificio, despiece, comercialización y venta al consumidor final.

Podrán subvencionarse las actividades del año 2006, previas a la presentación de la solicitud, a condición de que hayan proseguido posteriormente de tal manera que quede acreditada una actuación inequívocamente tendente a dar continuidad al programa.

Gastos subvencionables:

Se podrán considerar gastos subvencionables aquellos pagos realizados por la persona física o jurídica responsable del programa de carne de vacuno de calidad prevista en el apartado Cuarto a una entidad de control independiente, reconocida por la autoridad competente, que cuente con un procedimiento específico de certificación del programa, que incluya las actuaciones recogidas en el reglamento de control detallado en el punto 1.g) del apartado Octavo de esta Orden.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la presente Orden, y en el Real Decreto 1097/2002, de 25 de octubre, debiendo garantizar, en particular, el cumplimiento del reglamento de control previsto en el apartado 2.2 B) del citado Real Decreto.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Convocatoria para 2005 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 14/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 135
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento