Subvenciones a los Ayuntamientos, para atender situaciones de emergencia social, en el area de la vivienda habitual.

Código de ayuda:

S57173/08

Norma:

Resolucion de 13 de agosto de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgamiento de subvenciones a los Ayuntamientos canarios para coadyuvar en el ejercicio de las competencias que las citadas Corporaciones Locales ostentan en materia de bienestar social y calidad de vida.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para resultar beneficiarios de las subvenciones a las que se refieren las presentes bases, los Ayuntamientos
canarios deberán presentar la correspondiente solicitud en la forma y plazo indicado en la base 4, acompañada de una memoria explicativa de las necesidades del municipio.

Requisitos:

Deberán presentar la correspondiente solicitud en la forma y plazo indicado en la base 4, acompañada de una memoria explicativa de las necesidades del municipio, elaborada en los siguientes términos:

- Relación de las situaciones a atender conforme a las peticiones presentadas por los vecinos del municipio
de acuerdo al anexo III, desde el período comprendido entre el 1 de enero de 2008, hasta la fecha presentación de solicitud a la que se refiere la base 4.

- Previsión de situaciones a atender desde la fecha de presentación de la citada solicitud hasta el 31
de diciembre de 2008, en atención a las necesidades detectadas por el correspondiente Ayuntamiento.

- Importe total de la subvención que se solicita.

- Número de habitantes que integran el censo del municipio.

2. Además de la documentación que se relaciona en el apartado 1 de esta base, se acompañará la siguiente:

a) Certificado o documentación acreditativa de la personalidad del firmante y, en su caso, de la representación o delegación que ostente.

b) Documentación acreditativa de Alta en la Base de Datos de Terceros del Plan Informático Contable
de la Comunidad Autónoma de Canarias y número de cuenta en que deba realizarse el ingreso de la subvención en caso de ser concedida.

c) Justificación de no estar incursos en las prohibiciones para ser beneficiarios, señaladas en el apartado
2, letras e) y g), del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que
se podrá realizar mediante cualquiera de los medios previstos en el apartado 7 del artículo 13 de la misma

Documentos asociados

Boletín: 20/08/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 166
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento