Subvenciones a los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 10.000 habitantes, para el mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S22791/19

Norma:

ORDEN 490/2019, de 2 de abril. Orden 1344/2019, de 2 de julio. Orden 218/2020, de 21 de mayo. Orden 172/2021, de 25 de marzo. Orden 808/2022, de 31 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de julio de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2022, en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, subvenciones para financiar las inversiones en las instalaciones deportivas municipales con la finalidad de mejorar su seguridad, accesibilidad y mantenimiento de la operatividad de las mismas, y que no hayan sido incluidas en el Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima por Ayuntamiento será de 30.000 euros y no podrá superar el número de dos inversiones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 enero de 2021, tengan una población de derecho entre 2.500 y 10.000 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del padrón municipal a fecha de publicación de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones subvencionables deberán haber sido realizadas durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022.

1. Tendrán la consideración de gastos subvencionables las inversiones referidas a obras y suministros que lleven a cabo los Ayuntamientos en las instalaciones deportivas municipales que tengan por objeto el mantenimiento y mejora de la seguridad y accesibilidad de las instalaciones deportivas municipales.

1.1. Inversiones para la mejora de la seguridad de las instalaciones deportivas municipales:

a) Las que se realicen sobre los pavimentos deportivos.

b) El refuerzo de las cimentaciones y las reparaciones de la estructura y de la cubierta de los edificios y espacios deportivos.

c) Las de iluminación de los distintos espacios deportivos y viales excepto la instalación de CTE (Centro de Transformación Eléctrica)

d) Las que se lleven a cabo sobre las piscinas y sus instalaciones, para adaptarlas a las prescripciones del Decreto 80/1998 de 14 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por el que se regulan las condiciones higiénicosanitarias de las piscinas de uso colectivo en la Comunidad de Madrid.

e) Las que se realicen sobre los cerramientos de las instalaciones deportivas o sus espacios deportivos aunque sean de nueva instalación.

f) La eliminación de los desniveles de los terrenos y/o vallado de los mismos.

g) La construcción de muros para la contención de tierras.

h) La instalación de dispositivos contra incendios (BIES, extintores, detectores de humo …) y la señalización del plan de seguridad y evacuación.

i) Aquellas otras que puedan asemejarse a las relacionadas anteriormente.

j) La instalación y suministro de desfibriladores externos.

1.2. Inversiones para la mejora de la accesibilidad de las instalaciones deportivas municipales serán todas aquellas destinadas a garantizar la accesibilidad y el uso de las mismas a todas las personas que de forma permanente o transitoria se encuentren en una situación de limitación o movilidad reducida.

1.3. Inversiones para el mantenimiento operativo de las instalaciones deportivas municipales serán aquellas obras o suministros que sean necesarios para enmendar el menoscabo que se produce en el tiempo por el natural uso de las mismas.

2. Las contrataciones que se lleven a cabo por parte de los Ayuntamientos se someterán a lo establecido en la legislación aplicable en materia de Contratos del Sector Público.

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 26/07/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/07/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/06/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/06/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 131
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 88
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 88
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/06/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 14/06/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 140
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento