Subvenciones a las pymes turísticas para potenciar la obtención y el mantenimiento de la certificación Q de calidad turística durante 2020, en establecimientos turísticos de Navarra.

Código de ayuda:

S41973/20

Norma:

RESOLUCIÓN 224E/2020, de 30 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a las pymes turísticas para potenciar la obtención y el mantenimiento de la certificación Q de calidad turística
en sus establecimientos, marca registrada por la Secretaría de Estado de Turismo y gestionada por el Instituto para la Calidad Turística Española (en adelante ICTE).

Los establecimientos avalados por la “Q de calidad turística” han superado unas estrictas auditorías que aseguran que su prestación de servicio es garantía de calidad, seguridad y profesionalidad, todo ello para
asegurar a los clientes la mejor experiencia turística posible.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) El presupuesto máximo subvencionable de la asistencia técnica necesaria para realizar la certificación inicial es de 2.500 euros.

b) El presupuesto máximo subvencionable por las asistencias técnicas de seguimiento o de renovación, es de 1.000 euros en cada uno de los tres años siguientes a partir del año de certificación inicial del establecimiento turístico.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las pymes que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables aquellas actuaciones necesarias para la obtención y el mantenimiento de la certificación de la marca Q de Calidad Turística impulsada por el ICTE y, en concreto, se establecen como subvencionables los siguientes gastos:

a) Cuota de adhesión a la marca.

b) Derecho de uso de la marca correspondiente al periodo de la convocatoria, es decir, el año 2020.

c) Auditoría externa para la certificación inicial y auditorías externas de renovación o de seguimiento.

d) Asistencia técnica de consultorías externas para la realización de:

–Certificación inicial.

–1.ª y 2.ª auditorías de seguimiento.

–1.ª auditoría de renovación, en todo caso el tercer año tras la certificación inicial.

Requisitos:

1. No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la persona solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

2. No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

3. Las solicitantes que constituyan una agrupación de personas físicas o jurídicas o alguno de los supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.

En estos casos, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud de la subvención los compromisos de ejecución asumidos por cada integrante de la unidad. Asimismo, en la resolución de concesión de la ayuda se señalará el importe de la subvención a aplicar por cada una de las de las personas integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

A estos efectos se estará a los porcentajes de participación que figuren en el documento de inscripción de la solicitante en el Censo de Entidades de Hacienda Foral de Navarra, salvo declaración diferente por parte de la solicitante.

Además deberán cumplir el siguiente requisito específico:

4. Figurar inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento en el que se implanta o se renueva la certificación de la marca Q de calidad turística, en la fecha de presentación de
la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento