Subvenciones a las organizaciones sindicales en proporcion a su representatividad por la realizacion de actividades de caracter sindical - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S17864/08Norma:
RESOLUCION de 19 de febrero de 2008. Orden TAS/1303/2007, de 26 de abril. RESOLUCION de 22 de mayo de 2007. Resolucion de 3 de mayo de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2010, para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad, por la realización de actividades de carácter sindical.La finalidad de estas subvenciones es fomentar, mediante la financiación, la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones tendrán los límites de la dotación recogida en los Presupuestos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del año correspondiente.La cuantía individualizada de las subvenciones se determinará distribuyendo la totalidad del crédito presupuestario entre las organizaciones sindicales que hayan concurrido a la convocatoria anual y cumplido
los requisitos exigidos en la misma, proporcionalmente a su representatividad según los resultados globales de las elecciones sindicales.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios las organizaciones sindicales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El objeto de estas subvenciones es la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores.El beneficiario podrá concertar con terceros la ejecución de la actividad subvencionada hasta un límite del 50% de su importe.
En todo caso será necesaria la autorización previa por el órgano concedente cuando la subcontratación exceda del 20% del importe de la subvención y éste sea superior a 60.000 euros. En este caso, el contrato
deberá celebrarse por escrito.
Documentos asociados
Boletín:
14/05/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 115
Documento: Orden TAS/1303/2007 (Bases) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 115
Documento: Orden TAS/1303/2007 (Bases) Descargar Documento
Boletín:
01/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2007 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín:
14/03/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento
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Boletín:
14/04/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 91
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
17/05/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 120
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 120
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento