Subvenciones a las organizaciones sindicales dirigidas al fomento y difusion de la accion sindical.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S01900/11

Norma:

Orden EMP/94/2010, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2011, subvenciones destinadas a fi nanciar gastos corrientes realizados por las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria en acciones dirigidas a fomentar y difundir la acción sindical y el diálogo social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas serán destinadas a financiar acciones dirigidas a fomentar y difundir la acción sindical y el diálogo social. En este sentido, sólo podrán ser subvencionados los siguientes gastos corrientes:

a) Gastos referidos a la información generada por las citadas organizaciones para la mejora y fortalecimiento de su imagen (propaganda, publicidad, etc.).

b) Gastos correspondientes a jornadas, seminarios, encuentros, mesas redondas, conferencias y actividades similares.

c) Gastos referidos al asesoramiento a trabajadoras y trabajadores en el marco de la concertación
regional, comprendiendo los relativos a materiales, suministros, mantenimiento, comunicaciones así como los salarios, dietas y gastos de desplazamiento del personal contratado.

d) Gastos generados por la formación sindical, comprendiendo salarios, desplazamientos, dietas de monitores, materiales diversos, alquiler de locales afectos y otros gastos similares.

e) Gastos comprendidos en los apartados de comunicaciones (teléfonos, fotocopiadoras, correo, etc.), equipamientos, servicios y suministros diversos.

f) Gastos de asesoramiento jurídico a trabajadoras y trabajadores, comprendiendo los relativos a despachos laborales, tramitaciones legales, etc.

g) Gastos relacionados con campañas específicas para fomentar el empleo.

h) Gastos relacionados con el desarrollo, eficacia y seguimiento de los acuerdos contenidos en la Concertación Social.

i) Gastos relacionados con acciones de fomento de la igualdad de oportunidades, conciliación de la vida familiar y laboral, así como de la promoción del empleo femenino.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias a que se refi eren los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 5
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 12/01/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 07
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento