Subvenciones a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S29355/15Norma:
Resolución de 5 de junio de 2015. Resolución de 25 de junio 2015. Resolución de 26 de julio de 2018.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/07/2015Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mejorar los sistemas de transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas mediante el fomento de la producción agrícola local, la venta directa y los canales cortos de comercialización, así como el apoyo a proyectos de inversión en la industria agrícola, promoviendo el crecimiento, revalorizando las producciones, frenando el abandono de las zonas rurales al servir de estímulo al sector primario y, en definitiva, contribuyendo al fortalecimiento social del medio.De forma más concreta se persiguen los siguientes objetivos:
a) Mejora del rendimiento global de la empresa y la creación de empleo.
b) Inversiones en tecnologías y procedimientos destinados al desarrollo de nuevos productos, o productos de mayor calidad, y a la apertura de nuevos mercados, especialmente en el contexto de cadenas cortas de distribución.
c) Inversiones en tecnologías y procedimientos cuyo objetivo principal sea incorporar información sobre el origen de los productos en el etiquetado de los mismos.
d) Creación y/o modernización de redes locales de recolección, recepción, almacenamiento, clasificación y embalaje de producciones.
e) Implementación de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias, con independencia de la forma que adopten estas últimas, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias, sobre lasque recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables de mejora transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas.
En las agrupaciones sin personalidad jurídica (caso de las comunidades de bienes y sociedades civiles), deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a la agrupación.
Documentos asociados
Boletín:
12/06/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 135
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 135
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
27/06/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 148
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 148
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
03/08/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 180
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 180
Documento: Modificación Bases Descargar Documento