Subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT215C).
Código de ayuda:
S13082/26Norma:
ORDEN de 21 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de mayo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 30.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas a las galerías de arte, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, para facilitar su participación en ferias y eventos del sector que tengan lugar en el año 2026 fuera de la comunidad (código de procedimiento CT215C).Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
GaliciaConvoca:
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa determinada, en virtud de la aplicación del artículo 3.2 del Reglamento (UE) nº 2023/2831, no podrá ser superior a 300.000 € durante los tres años previos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas, dedicadas a la actividad de producción y distribución de bienes o serviciosculturales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Todos aquellos gastos corrientes generados directamente por la asistencia a la feria, festival omercado cultural, incluidos los de desplazamiento, transporte, alojamiento, manutención, así como los derechos o cuotas de asistencia y alquiler de espacios de exhibición. Se subvencionará un máximo de dos personas asistentes por beneficiario.
Requisitos:
a) Haber asistido y participado en una feria o mercado de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026.b) Estar dadas de alta en el impuesto de actividades económicas, en la actividad para
la que solicitan la subvención.
c) Inscripción como profesional de los asistentes a la feria o mercado.
d) Acreditar la relación de los asistentes con la empresa, mediante contrato o declaración del titular de la empresa beneficiaria.
Documentos asociados
Boletín:
05/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
05/05/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 82
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
