Subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Código de ayuda:

S39037/20

Norma:

ORDEN de 10 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 2.000.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas a las galerías de arte que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega, para facilitar su participación en ferias y eventos del sector que tengan lugar en el año 2020 fuera de la comunidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrá exceder de los 200.000,00 euros en un período de tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que se establecen, podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas por la presente orden, las personas físicas o jurídicas, dedicadas a la actividad de producción y distribución de bienes o servicios culturales de carácter personal, titulares de galerías de arte, que desarrollen sus actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Requisitos:

a) Haber asistido y participado en una feria o mercado de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2020.

b) Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en la actividad para la que solicitan la subvención.

c) Inscripción como profesional de los asistentes a la feria o mercado.

d) Acreditar la relación de los asistentes con la empresa, mediante contrato o declaración del titular de la empresa beneficiaria.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/07/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 149
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento