Subvenciones a las entidades dedicadas a los ámbitos de cooperación internacionales, relaciones ciudadanas y participación ciudadana.

Código de ayuda:

S18446/04

Norma:

Convocatoria de 10 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de los objetivos previstos en la convocatoria Barcelona Solidaria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Barcelona (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Epígrafe 1.A: Hasta un máximo de 90.000 €.
- Los proyectos que se presenten en concertación de tres o más entidades, la cantidad máxima será de 150.000 €.
- Para las entidades a las que se les financie un proyecto en este epígrafe por primera vez, el máximo de financiación será de 30.000 €.

2. Epígrafe 1.B: Hasta un máximo de 15.000 €.
- Los proyectos que se presenten en concertación de tres o más entidades, la cantidad máxima será de 30.000 €.

3. Epígrafe 1.C: Hasta un máximo de 15.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que trabajen en el campo de la cooperación internacional, la participación ciudadana y las relaciones ciudadanas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Convocatoria Barcelona Solidaria:
Epígrafe 1.A Cooperación y ayuda humanitaria internacionales.
Proyectos que tienen como finalidad dar apoyo a los países menos
favorecidos para promover su desarrollo o ayudarlos a superar situaciones críticas.
Epígrafe 1.B Fomento solidaridad.
Proyectos que tienen como finalidad la promoción, sensibilización y estímulo a la participación ciudadana en relación a la solidaridad y cooperación y la cultura de la paz.
Epígrafe 1.C Apoyo puntual.
Solo para entidades que teniendo como objetivo alguno de los contemplados en los epígrafes 1.A y 1.B y no habiendo obtenido
subvención por este concepto en el año anterior, presenten propuestas de apoyo puntual en planes de formación específica de
sus miembros, modernización de sus infraestructuras, especialmente en el campo de las nuevas tecnologías, o campañas destinadas a ampliar los recursos propios a través de la captación de socios, donantes, colaboradores o voluntarios.

- Convocatoria Participación y Relaciones Ciudadanas:
Epígrafe 2.A Participación en asuntos de gobernabilidad, desarrollo e inclusión social.
Proyectos que, en nuestra ciudad, incidan en la creación y el fortalecimiento de las redes asociativas y las entidades de segundo
grado, en las iniciativas que fomenten la participación ciudadana en los asuntos de gobernabilidad de la ciudad, el desarrollo de la
ciudadanía y la inclusión social.
Epígrafe 2.B Promoción voluntariado y fortalecimiento tejido asociativo.
Proyectos que se fundamenten en la captación y la promoción del voluntariado en la ciudad como eje vertebrador de la propia asociación y aquellos otros proyectos que fomenten el tejido asociativo basado en una estructura fundamentada en el voluntariado y las acciones voluntarias.
Epígrafe 3.A Fomento de las relaciones ciudadanas a través de la cultura popular.
Proyectos que fomenten las relaciones ciudadanas de las personas residentes en Barcelona, a través de la difusión y el conocimiento de la cultura popular y las tradiciones, tanto de las autóctonas de Cataluña como de las originarias de otras comunidades y pueblos de España.
Epígrafe 3.B Programas Barcelona Ciudad.
Proyectos que afecten a Barcelona como capital de Cataluña realizados por instituciones o entidades en el ámbito de las relaciones ciudadanas y institucionales.

Requisitos:

a) Que sean personas jurídicas sin ánimo de lucro debidamente constituidas.
b) Que tengan sede social o delegación en el termino municipal de Barcelona, y con significativa presencia en la ciudad.
c) Que, de acuerdo con sus estatutos o normas reguladoras, tengan objetivos y finalidades coincidentes con los ámbitos y epígrafes a los que se acogen.
d) Que hayan justificado en forma cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento, excepto que no haya transcurrido todavía el correspondiente plazo de justificación.
e) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
BO Ayuntamiento de Barcelona- Nº Anuncio en web del Ayto. Barcelo
Documento: Bases Descargar Documento
Boletín: 15/06/2004
BO Ayuntamiento de Barcelona- Nº 143
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/06/2004
BO Ayuntamiento de Barcelona- Nº 143
Documento: Convocatoria en Castellano Descargar Documento
Boletín: 15/06/2004
BO Ayuntamiento de Barcelona- Nº 143
Documento: Solicitud Descargar Documento