Subvenciones a las empresas concesionarias de servicios de transporte público regular interurbano permanente de viajeros por carretera de uso general con explotacion deficitaria en el año 2006.

Código de ayuda:

S64964/07

Norma:

RESOLUCION 240/2007, de 26 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene como objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas concesionarias de servicios de transporte público regular interurbano
permanente de viajeros por carretera de uso general con explotación deficitaria en el año 2006.

Algunas de las concesiones de transporte público de viajeros por carretera de uso general cuya titularidad corresponde a la Comunidad Foral de Navarra atienden zonas de baja densidad de población o realizan
tráficos de muy corto recorrido, por lo que no alcanzan a cubrir los costes de explotación. El servicio que prestan estas concesiones es, en general, el mínimo necesario para atender las necesidades de movilidad
de los habitantes de las distintas zonas y por ello se considera necesario su mantenimiento.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones las empresas que presten servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general, en virtud de concesión otorgada por la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra, cuando según el cálculo efectuado conforme a los criterios de valoración contenidos en la base quinta, la concesión globalmente considerada e incluyendo los servicios de uso
especial que se realicen en virtud del ejercicio de derechos de preferencia, hubiera presentado déficit en su cuenta de explotación en el año 2006, siempre que el mismo sea imputable al bajo índice de utilización
de los servicios.

Requisitos:

a) No haber formulado el preaviso de renuncia a continuar la prestación de los servicios objeto de la concesión a la que se refiere la solicitud de subvención.
b) Haber satisfecho las sanciones pecuniarias impuestas por resolución que ponga fin a la vía administrativa por infracción de las normas reguladoras del transporte terrestre relativas a la concesión
objeto de la solicitud.

El cumplimiento de estos requisitos se constatará de oficio por el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante declaración del solicitante sin perjuicio de las facultades de la Administración para investigar la veracidad de las declaraciones realizadas.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 127
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento