Subvenciones a las asociaciones de empresas artesanas para el fomento del sector artesanal en Navarra.

Código de ayuda:

S06591/22

Norma:

RESOLUCIÓN 186E/2021, de 28 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de marzo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de concesión de las subvenciones a las asociaciones de empresas artesanas en relación con las actuaciones que realizan dichas entidades en materia organización de ferias y certámenes de artesanía.

Asimismo, se pretende fomentar la capacitación profesional de las empresas artesanas, mediante el impulso de la formación especializada de las personas empleadas en el sector, tanto en los oficios artesanos
desempeñados como en el desarrollo de sus competencias digitales, para facilitar su incorporación al proceso de transformación digital en el que están inmersas todas las pymes de los distintos sectores de actividad económica.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de empresas artesanas que cumplan los requisitos generales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables la realización de las siguientes actuaciones:

Organización de ferias de artesanía que cumplan los requisitos.

Organización de cursos de formación.

Requisitos:

No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La solicitud de la subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la entidad solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la interesada se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su
caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Además, deberán cumplir el siguiente requisito específico:

Las asociaciones de empresas artesanas deben tener representación en el Consejo de Artesanía de Navarra, conforme a lo previsto en la Orden Foral 109/2002, de 17 de octubre, de la consejera de Industria y
Tecnología, Comercio, Turismo y Trabajo por la que se nombra el Consejo Asesor de la Artesanía y en el Decreto Foral 188/1988, de 17 de junio, de ordenación y desarrollo del sector artesano navarro.

Dicha condición se acreditará por el Secretario del Consejo de Artesanía de Navarra, a instancias del órgano gestor de la convocatoria.

Las solicitantes deben cumplir los requisitos señalados anteriormente en la fecha de presentación de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 04/02/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento