Subvenciones a las asociaciones de consumidores y usuarios de la Ciudad de Ceuta.

Código de ayuda:

S03664/04

Norma:

Decreto de 10 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo a lass asociaciones de consumidores y usuarios de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el año 2004.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Sanidad y Bienestar Social (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones que se otorgarán por este concepto será el 40% del importe total de la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Programas destinados a fomentar las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, mediante la colaboración en su mantenimiento y funcionamiento habitual.

2.- Podrán ser objeto de ayuda o subvención los siguientes programas de actuación específicos:
a) La realización de campañas informativas y/o educativas en materia de defensa de consumidores y usuarios.
b) Edición de publicaciones para la protección de los consumidores.
c) 20 horas de Taller de información, sobre etiquetado de alimentación y/o garantía de los productos en diferentes colegios de nuestra ciudad, en el presente Curso 2.003-2.004.
d) La aparición en programas con periodicidad al menos quincenal en medios de comunicación en intervenciones relacionadas con la defensa y divulgación de los derechos de los consumidores y usuarios.
e) La colaboración con la Administración en materia de defensa de consumidores y usuarios.

Requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Ciudad o haberlo solicitado con anterioridad a la publicación de la presente resolución.
b) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 21 de la Ley 26/1984 de 19 de Julio.
c) Su actividad se desarrollará en el ámbito territorial de la Ciudad de Ceuta.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2004
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4296
Documento: Convocatoria Descargar Documento