Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro para la dinamización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia.

Código de ayuda:

S28437/20

Norma:

ORDEN de 5 de junio de 2020. ORDEN de 17 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 57.150

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro para la dinamización y revitalización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión máxima subvencionable y el importe de la subvención para estas actuaciones es de:

a) 57.150 euros para los centros comerciales abiertos situados en poblaciones de más de 14.000 habitantes que cuenten con más de 100 comercios asociados, así como para los centros comerciales abiertos situados en poblaciones de menos de 14.000 habitantes que cuenten con más de 80 comercios asociados.

El importe de la subvención resultará de aplicar un porcentaje del 70 % sobre la inversión subvencionable.

b) 44.000 euros para los centros comerciales abiertos situados en poblaciones de más de 14.000 habitantes que cuenten con más de 60 comercios.

El importe de la subvención resultará de aplicar un porcentaje del 75 % sobre la inversión subvencionable.

c) 27.800 euros para los centros comerciales abiertos que no estén comprendidos en ninguno de los supuestos recogidos en las letras a) y b) anteriores.

El importe de la subvención resultará de aplicar un porcentaje del 80 % sobre la inversión subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, constituidas a los solos efectos de compartir la unidad gerencial prevista en los apartados 3.1.1.f) y 3.1.2.f) del artículo 1 y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las asociaciones de comerciantes de carácter territorial, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, que lleven a cabo proyectos de interés y trascendencia en centros comerciales abiertos.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/06/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/09/2020
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Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento