Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro de ambito superior al municipal o federaciones, cofinanciadas por el Feder, en el marco del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013, para la incentivacion de la demanda comercial, en desarrollo del Plan AGORA, Agora Re-comercia 2010-2013.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S49446/11

Norma:

ORDEN de 15 de noviembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/12/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La incentivación de la demanda comercial.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión máxima subvencionable establecida para las actuaciones contenidas en esta orden es de:

– 200.000 euros para las federaciones que cuenten con 30 o más asociaciones federadas.

– 60.000 euros para las federaciones que cuenten con menos de 30 asociaciones federadas.

– 15.000 euros para las asociaciones de ámbito superior al municipal.

El porcentaje de subvención será del 70% de la inversión máxima subvencionable.

El importe de las subvenciones reguladas en esta orden en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas de las distintas administraciones o cualquiera de sus entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia y supere el municipal, y las federaciones de asociaciones de comerciantes, legalmente constituidas, que pretendan llevar a cabo proyectos de interés y
trascendencia en el ámbito comercial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actuaciones de difusión y divulgación con fines promocionales realizados a través de publicidad que responda a un plan de medios de comunicación preestablecido.

b) Actuaciones de difusión y divulgación con fines promocionales realizados a través de elaboración de material promocional como catálogos, folletos, carteles, bolsas o similares.

c) Actuaciones que tengan por finalidad la incentivación de la demanda comercial y redunden en un avance de la distribución y desarrollo de la actividad comercial.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias no podrán tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 1, apartado h) del Reglamento (CE) n.º 1998/2006, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado, a las ayudas de minimis.

Documentos asociados

Boletín: 17/11/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 220
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento