Subvenciones a las asociaciones de apícolas y cunícolas de Navarra.

Código de ayuda:

S00546/03

Norma:

Orden Foral de 9 de junio de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/08/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realización de labores de información y asesoramiento en temas de sanidad, manejo y reproducción, coadyuvando a la profesionalización de los ganaderos y posibilitando un aumento de la productividad y rentabilidad de la explotación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas no podrá superar, en ningún caso:
a) El 50 por 100 del costo total estimado de las actuaciones relacionadas en el artículo anterior.
b) El total de los ingresos obtenidos en el año 2002 provenientes de las cuotas de los ganaderos navarros asociados o de la prestación de servicios a éstos, incrementado en el índice de precios al consumo correspondiente a dicho año en Navarra.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Asociaciones apícola y cunícola, con domicilio en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y cuyo ámbito de actuación sea exclusivamente dicho territorio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones de la asociación previstas en relación con el número de actuaciones que se realicen, para mejora de los resultados técnicos y económicos de sus asociados.

Requisitos:

- Las asociaciones deberán estar legalmente constituidas y dotadas de personalidad jurídica e identificación fiscal.
- Las asociaciones que soliciten la subvención deberán contar, a la fecha de la solicitud de la ayuda, con:
_Al menos un 10 por 100 de sus explotaciones asociadas calificadas como prioritarias en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.
_Un número de explotaciones asociadas igual o superior al 50 por 100 de las explotaciones ganaderas correspondientes a esa actividad inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.
- Las asociaciones solicitantes deberán llevar, al menos, tres años de funcionamiento continuo e ininterrumpido en Navarra, a la fecha de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 04/07/2003
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 85
Documento: Convocatoria Descargar Documento