Subvenciones a las actuaciones en edificios en el area de rehabilitacion integral centro historico de Logroño y en edificios catalogados de interes.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S52955/10

Norma:

En Logroño, 1 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones tendentes a la protección y reutilización del patrimonio edificado y la mejora de las condiciones físicas y sociales allí donde se localizan estos edificios, aplicándose en el Centro Histórico y en los Calificados de Interés Histórico Arquitectónico en la ciudad de Logroño.
Se entiende por Centro Histórico el recinto definido como tal por el actual Plan General Municipal de Logroño y limitado por las calles Avda. de Navarra, Avda. de Viana, San Gregorio, Norte, Once de Junio y los Muros de Bretón de los Herreros, de la Mata, del Carmen y de Cervantes.

Fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de subvenciones previstas en el ámbito del Area de Rehabilitación Integral del Centro Histórico de la ciudad de Logroño, dentro del marco de los acuerdos establecidos entre la Administración del Estado, la Comunidad Autónoma de La Rioja y el Ayuntamiento de Logroño; al objeto de potenciar el uso residencial, asegurando la diversidad social y el realojamiento, en su caso, de la población residente, de mejorar el tejido residencial y recuperando funcionalmente un conjunto histórico que precisa de rehabilitación de sus edificios y viviendas, la superación de situaciones de infravivienda y de intervenciones de urbanización o reurbanización de sus espacios públicos, ajustándose a la normativa del planeamiento urbanistico vigente, aplicándose las disposiciones sobre eliminación de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad, así como a la mejora de la eficiencia energética de los edificios.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de estas ayudas podrá superar, para cada anualidad presupuestaria, el importe máximo de 45.000 euros por promotor y edificio en las obras de adecuación estructural, y 12.000 euros por promotor y vivienda o local en las obras de adecuación local.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas económicas a la rehabilitación los promotores de obras de las características establecidas en estas bases en cualquiera de los siguientes casos:

a)Comunidades de Propietarios.

b)Propietarios de la totalidad del edificio en el que se prevén las obras.

c)Propietarios de viviendas o locales en edificios divididos horizontalmente, siempre que las actuaciones se ajusten a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.

d)Arrendatarios de viviendas o locales, siempre que las actuaciones se ajusten a lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, se efectúen mediante convenio con el arrendador o existan opciones de compra a favor de los mismos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas serán concedidas a las obras que se realicen en los edificios mencionados y cuyo presupuesto protegido supere la cantidad de 3.500 euros.

a) En las viviendas, las obras de mejora de la habitabilidad, seguridad, accesibilidad y eficiencia energética.

b) En elementos comunes del edificio, las obras de mejora de la seguridad, estanqueidad, accesibilidad y eficiencia energética, y la utilización de energías renovables.

c) En espacios públicos, las obras de urbanización, reurbanización y accesibilidad universal, y el establecimiento de redes de climatización y agua caliente sanitaria centralizadas alimentadas con energías renovables.

Además serán actuaciones subvencionables fuera de la normativa aplicable al Area declarada de Rehabilitación Integral:

a) Obras que tiendan a la adecuación local de parte del edificio con destino distinto a vivienda para usos con horario de atención al público de 8 a 22 horas, cuando se establezcan alguna de las siguientes actividades:

- Locales comerciales y tiendas en las categorías de: comercio detallista tradicional.

- Actividades industriales que sean talleres domésticos o de artesanía.

- Usos de oficina, enseñanza, sanidad, espectáculos públicos culturales y actividades deportivas.

b) Obras de rehabilitación realizadas con ocasión de hallazgos de elementos singulares de interés arquitectónico.

c) Los edificios calificados de interés situados fuera del centro Histórico únicamente podrán optar a la obtención de ayudas por obras de adecuación estructural.

d) En el caso de vaciado del edificio, únicamente se subvencionará el mantenimiento de la fachada original.

Requisitos:

Sólo serán objeto de ayuda las obras que cumplan todos los siguientes requisitos:

a) Se realicen en la línea de las directrices generales marcadas por el planeamiento urbanístico y que por tanto se adapten a las Ordenanzas y disposiciones legales aplicables y cumplimenten los condicionantes municipales.

b) Se realicen con la suficiente entidad para ser denominadas completas en los elementos sobre los que se interviene.

c) Se ejecuten mediante técnicas y materiales que garanticen la calidad constructiva y estética requerida y que por tanto se adapten a la Normativa vigente al respecto y cumplimenten los condicionantes municipales.

d) Realizadas sobre fachada vista desde la vía pública garanticen la recuperación de su unidad compositiva y que por tanto intervengan sobre todos aquellos elementos que la desvirtúen o que afecten negativamente al entorno, sea cual sea su situación urbanística.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 111
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 10/09/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 00
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento