Subvenciones a las Empresas Turísticas de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S54482/05

Norma:

Orden de 28-10-2005. Resolución de 31-10-2005. Resolución de 17-01-2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la realización de inversiones y de actividades de promoción turística por las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Industria y Sociedad de la Información (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Varían dependiendo del proyecto subvencionable.
Consultar el artículo 7 de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas turísticas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son conceptos subvencionables aquellas inversiones o gastos que sean estrictamente necesarios para la actividad turístico-empresarial, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.

En ningún caso serán subvencionables los gastos realizados en:
a) Pago de impuestos, tasas, contribuciones, licencias, registros o similares u otros de carácter tributario, fiscal o sometido a arancel.
b) Las inversiones realizadas con fórmulas de arrendamiento financiero (leasing).
c) Las inversiones que se hayan iniciado con anterioridad a la solicitud de subvención.
d) La adquisición de bienes que no sean de primer uso o su simple reposición.
e) La compra de vehículos, maquinas recreativas de azar o suerte, máquinas de expendeduria de tabaco, bebidas o similares y los semovientes.

Requisitos:

- Tener establecimiento permanente en Castilla-La Mancha.
- Estar debidamente inscritas como empresas turísticas en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos en el momento de presentación de las solicitudes.

En cuanto a las prohibiciones y obligaciones de los beneficiarios consultar artículos 3 y 4, respectivamente, de la Orden de 28-10-2005, de la Consejería de Industria y Tecnología, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a las empresas turísticas de Castilla-La Mancha.

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