Subvenciones a las Corporaciones Locales y Mancomunidades de Servicios Sociales, para el Desarrollo de programas locales que favorezcan la integracion social de los inmigrantes de la Region de Murcia.

Código de ayuda:

S49064/07

Norma:

Decreto n.º116/2007, de 25 de mayo.

Plazo de Solicitud:

La concesión de estas subvenciones se otorga en régimen de concesión directa en virtud del interés público, social y humanitario

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las Corporaciones Locales, inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, autorizadas para el Colectivo de Inmigrantes, que se detallan en el presente decreto.

La finalidad de la concesión es el desarrollo de programas locales que favorecen la integración social de
los inmigrantes de la Región de Murcia. Con ellos se da respuesta a los Ejes prioritarios de Acogida, Educación, Empleo, Vivienda, Servicios Sociales, Salud, Infancia y Juventud, Participación, y Codesarrollo, establecidos en el Plan de Acción para el 2007, recogido en el “Protocolo de Prórroga para el año 2007, del Convenio suscrito entre la CARM y el MTAS para el Desarrollo de Actuaciones de Acogida e Integración de Personas Inmigrantes, así como de Refuerzo Educativo.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Trabajo y Política Social (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en este Decreto, las siguientes Corporaciones Locales:

Abanilla, Abarán, Águilas, Aledo, Alcantarilla, Alguazas, Alhama de Murcia, Archena, Beniel, Campos del Río, Caravaca de la Cruz, Cartagena (a través del Instituto Municipal de Servicios Sociales), Cehegín, Ceutí, Cieza, Fortuna, Fuente Álamo, Jumilla, Las Torres de Cotillas, Lorca (a través del Consejo Municipal de Servicios Sociales), Lorquí, Los Alcázares, Librilla, Mazarrón, Molina de Segura, Mula, Murcia, Puerto Lumbreras, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Totana, Ulea, Villanueva del Río Segura y Yecla. Así mismo serán beneficiarias las Mancomunidades de servicios sociales de la Comarca del Noroeste, Río Mula, Sureste y Valle de Ricote.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos subvencionables a los efectos de este Decreto aquellos derivados del mantenimiento de centros, prestación de servicios y desarrollo de actividades que estén relacionados, atendida la naturaleza de la subvención, con alguno de los siguientes conceptos:

a) Personal.
b) Alquileres.
c) Suministros.
d) Viajes.
e) Celebraciones y certámenes.
f) Dietas de personal.
g) Becas o ayudas para alumnos.
h) Material fungible de ofi ina.
i) Material didáctico.
j) Menaje o lencería.
k) Colaboraciones técnicas.
l) Trabajos realizados por otras empresas.
m) Comunicaciones.
n) Publicidad y propaganda.
o) Seguros.
p) Gastos de reparación simple o de mantenimiento.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2007
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento