Subvenciones a las Corporaciones Locales por la contratación de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general y social generadores de empleo estable.
Código de ayuda:
S11546/25Norma:
Resolución de 30 de abril de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente convocatoria subvencionar a las Corporaciones Locales los costes salariales y decotización empresarial por la contratación de personas desempleadas, preferentemente eventuales agrarios,
en actividades emergentes del sector agrario tales como actuaciones agroforestales, actuaciones sobre el
medio ambiente, entre otras, o en actividades desarrolladas sobre la base de los recursos endógenos del
territorio, o en proyectos que supongan la generación de empleos verdes y/o digitales.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Economía Social ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La disposición presupuestaria para la concesión de estas subvenciones es de 4.483.570,78 €Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local de la provincia de Málaga, que gocen de capacidad técnica y de gestión suficiente para la ejecución del correspondiente proyecto.Requisitos:
a) Corporación Local o Entidad Local o vinculada a una administración local de la provincia de Málaga.b) Compromiso de efectuar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, para lo que se
aportará Memoria de la obra o servicio, acompañada del proyecto, cuando el tipo de obra así lo exija, y
planos de actuación.
c) Aprobación del proyecto de la obra o servicio para el que se solicita la subvención por el órgano competente de la Entidad solicitante, que se acreditará mediante certificación.
d) Disposición de financiación para las partidas presupuestarias que han de ser financiadas por la
Corporación, que se acreditará mediante certificado del secretario o la secretaria de la Corporación Local.
e) Si la entidad solicitante percibiese alguna otra subvención para la mano de obra, la cantidad resultante no podrá superar, conjuntamente con la subvención del Servicio Público de Empleo Estatal, el coste total de la contratación, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social, se acreditará mediante certificado del Interventor o responsable en estas materias de la entidad solicitante.
f) Estar al corriente en las obligaciones tributarias, que se acreditará mediante certificado del Ministerio de Economía y Hacienda.
g) Estar al corriente en las obligaciones frente a la Seguridad Social, que se acreditará mediante certificado de la Tesorería de la Seguridad Social.
h) No hallarse incurso en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se acreditará mediante declaración
responsable emitida por el representante de la entidad solicitante.
i) No ser deudores por resolución firme de procedencia de reintegro.
j) Tener título del inmueble sobre el que se vaya a ejecutar la obra o servicio
Documentos asociados
Boletín:
24/06/1997
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 150
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
07/05/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
07/05/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 110
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento