Subvenciones a las Bodegas de elaboración de Vino VCPRD de la Isla de Tenerife.

Código de ayuda:

S18928/04

Norma:

Sesión de 28 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la diferenciación por calidad basada en la innovación y mejora permanente de las Bodegas de elaboración de Vino VCPRD de la Isla de Tenerife.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Tenerife (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación (S.A.T.) u otras entidades mercantiles, titulares de bodegas inscritas en alguna de las cinco Denominaciones de Origen de la isla de Tenerife, con un mínimo de 15 miembros o socios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Inversiones en equipamiento, obra civil e instalaciones necesarias para su puesta en funcionamiento.
Serán subvencionables las inversiones en nuevo equipamiento y maquinaria enológica, así como la obra civil nueva o ampliación de la existente que sea necesaria para su instalación y que así se estime por el Servicio Técnico de Agroindustrias e Infraestructura Rural, en atención a la adecuación del mismo para el desarrollo de nuevos productos, de acuerdo a las tendencias de vinificación o consumo actual.
Dentro de este apartado se contemplan las inversiones relativas a instalaciones para la depuración de efluentes.

2.- Acondicionamiento o mejora de espacios interiores y exteriores para incentivar o apoyar el incremento de la venta directa en bodega.
2.a) Interior.
Serán conceptos subvencionables la realización de obras menores de albañilería, fontanería, pintura, etc.
2.b) Exterior.
Serán subvencionables los gastos derivados de la nueva implantación o remodelación de espacios ajardinados, accesos y señalización de los mismos, así como pequeñas obras de albañilería, fontanería y/o electricidad imprescindible en el acondicionamiento exterior.

Requisitos:

Se exigirá que el domicilio social del peticionario radique en la isla de Tenerife y además:
- Que las inversiones para las que solicitan la ayuda se realicen en el ámbito de la isla de Tenerife.
- Que el coste de la inversión para la que se solicita la subvención sea igual o superior a 15.025,00 euros.
- No haber iniciado las inversiones o la/s fase/s de éstas para las que se solicita la subvención, antes del 1 de enero de 2003.
- Que se compromete a no enajenar o ceder los bienes subvencionados (construidos y/o adquiridos) que tengan la consideración de activos fijos inventariables en un plazo de diez años, así como a su mantenimiento y conservación.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2004
BO Provincia de Tenerife- Nº 93
Documento: Convocatoria Descargar Documento