Subvenciones a las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil.

Código de ayuda:

S09873/04

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las agrupaciones de voluntarios de protección civil de Galicia (AVPC) con tres tipos de líneas de ayuda:
a) De carácter general: para todas las agrupaciones de voluntarios de protección civil.
b) De carácter específico: para aquellas agrupaciones de voluntarios de protección civil que dispongan de terminales remotos del Centro de Gestión de Emergencias 112 SOS-Galicia, a través de la suscripción de un protocolo de colaboración con las autoridades de protección civil, o estén en trámite de suscripción en la fecha de publicación de esta orden.
c) Relacionadas con el Xacobeo: para aquellas agrupaciones de voluntarios de protección civil incluidas en el Plan de atención al peregrino 2004 (PAP 2004).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Justicia, Interior y Administración Local (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) De carácter general: hasta un máximo del 60% del importe total de la subvención.
b) De carácter específico: hasta un máximo del 15% del importe total de la subvención.
c) Relacionadas con el Xacobeo: hasta un máximo del 25% del importe total de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de voluntarios de protección civil de Galicia legalmente constituidas, sin fines de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Las ayudas de carácter general podrán ser invertidas en:
1. Material de intervención inmediata y otro que esté relacionado con protección civil (telecomunicación, buceo, incendios, material de urgencias y de primeros auxilios).
2. Equipo y vestimenta personal, así como equipos de prevención y protección.
3. Gastos ocasionados durante las actuaciones llevadas a cabo por la agrupación en materia de protección civil, así como los ocasionados por la conservación y mantenimiento de su base.
4. Pago de seguros del voluntariado de protección civil u otro tipo de seguros relacionados con el desarrollo del trabajo y de las tareas de la agrupación de voluntarios de protección civil.
5. Gastos ocasionados por la formación de sus componentes.

B. Las ayudas de carácter específico podrán ser invertidas en:
1. Gastos de conservación, reposición y mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación con el Centro de Gestión de Emergencias 112 SOS-Galicia.
2. Gastos de adquisición de accesorios y complementos informáticos.
3. Gastos de comunicación y telefonía derivados de las tareas de colaboración con el Centro de Gestión de Emergencias 112 SOS-Galicia.
4. Gastos ocasionados por la formación específica de sus componentes para este tipo de tareas.

C. Las ayudas relacionadas con el Xacobeo 2004 podrán ser investidas en:
1. Gastos de desplazamiento por las diferentes rutas de atención al peregrino.
2. Gastos de manutención de los voluntarios ocasionados en las salidas a atender a los peregrinos.
3. Adquisición de material fungible de atención sanitaria.
4. Adquisición de equipos básicos de comunicación, iluminación, balizamiento y señalización.
5. Gastos de mantenimiento, conservación y combustible de los medios de transporte y vigilancia empleados.

Requisitos:

a) Estar inscritas o haber solicitado su inscripción en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil según se establece en el artículo 59 y concordantes del Decreto 56/2000, de 3 de marzo.
b) Tener dependencia con su ayuntamiento respectivo o mancomunidad de ayuntamientos.
c) Aquellas que, habiendo recibido subvenciones en años anteriores, hayan justificado su inversión y liquidación de tal forma que la no justificación de dicha inversión y liquidación lleva consigo no poder optar a las subvenciones en los siguientes ejercicios.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Convocatoria Descargar Documento