Subvenciones a la transformación y comercialización de los productos de la Pesca y de la Acuicultura.

Código de ayuda:

S00137/02

Norma:

Orden 05/2002, de 14 de mayo. Resolución nº 2.826 de 6 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de la acuicultura y a la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Definiciones:
- "Acuicultura": la cría o cultivo de organismos acuáticos con técnicas encaminadas a aumentar por encima de la capacidad natural del medio, la producción de los organismos en cuestión. Éstos serán, a lo largo de toda la fase de cría o de cultivo y hasta el momento de su recogida, propiedad de una persona física o jurídica.
- "Transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura": el conjunto de las operaciones de la cadena de manipulación, tratamiento, producción y distribución desde el momento del desembarque o recogida hasta la fecha de la venta al detalle.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía podrá ser hasta el 40% de la inversión aprobada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas de carácter privado sobre las que recaiga el esfuerzo financiero de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables en la presente Orden, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda y que se mantengan en dicha actividad durante un periodo no inferior a cinco años, contados a partir del momento en que la misma se haya iniciado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

I. Fomento de la Acuicultura.
Ayudas a titulares de inversiones materiales destinadas a:
a) La producción y gestión, tales como construcción, ampliación, equipos y modernización de instalaciones.
b) La mejora de las condiciones higiénicas o de sanidad humana o animal, mejora de la calidad de los productos o reducción de la contaminación del medio ambiente y, cuando se precise, el aumento de la propia producción.
c) Las obras de acondicionamiento o mejora de la circulación hidráulica dentro de las empresas acuícolas.

II. Transformación y Comercialización de los Productos de la Pesca y de la Acuicultura.
Las inversiones deberán contribuir al efecto económico o duradero de la mejora estructural, ofrecer garantía suficiente de viabilidad económica y técnica y evitar efectos perjudiciales, en particular el peligro de producciones excedentarias, y tendrán por finalidad:
a) La mejora de la producción y gestión, entre ellas, la construcción, ampliación, equipos, informatización y modernización de instalaciones.
b) La mejora de las condiciones higiénicas o de sanidad humana o animal, favoreciendo el desarrollo e implantación de mecanismos y sistemas de seguridad alimentaria y a la adaptación de nuevas exigencias sanitarias.
c) La mejora de la calidad de los productos o reducción de la contaminación del medio ambiente, debido a vertidos, residuos, envases y embalajes, en condiciones no nocivas para el medio ambiente y aprovechamiento de subproductos, ahorro energético de agua y traslado de instalaciones por razones medioambientales.
d) El incremento de la propia producción, en caso necesario.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 61
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/10/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 135
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento