Subvenciones a la transformacion y comercializacion de los productos agrarios, silvicolas y de la Alimentacion en Castilla y Leon para el año 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S37628/10

Norma:

ORDEN AYG/767/2010, de 27 de mayo. ORDEN AYG/691/2009, de 24 de marzo. ORDEN AYG/1632/2010, de 24 de noviembre. ORDEN AYG/290/2012, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La transformación y comercialización de los productos agrarios, silvícolas y de la alimentación en Castilla
y León correspondiente al año 2010 referida a las lsiguientes íneas de ayuda:

A.– AYUDAS A LA INVERSIÓN PRODUCTIVA.
B.– AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.
B1.– Ayudas a la investigación, el desarrollo y la innovación empresarial.
B2.– Ayudas a la vertebración empresarial y ayudas en materia de estudios y planes.
B3.– Ayudas en materia de fomento de la calidad, excelencia y aplicación de normas.
B4.– Ayudas a la consolidación empresarial.


Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– En el caso de las líneas «A.– AYUDAS A LA INVERSIÓN PRODUCTIVA » podrán obtener la condición de beneficiarios:
a) Las personas físicas y jurídicas, incluidas las sociedades agrarias de transformación, que aborden procesos de industrialización y/o comercialización, relativos a productos obtenidos y/o elaborados
en el territorio de Castilla y León, cuya promoción económica corresponda a la Consejería de Agricultura y Ganadería, de manera exclusiva o compartida con otras consejerías.
b) Las comunidades de bienes y sociedades civiles (distintas de las sociedades agrarias de transformación) que aborden los procesos de industrialización y comercialización descritos en el apartado anterior.
c) En el caso de actividades relativas a tala y extracción de madera sólo podrán obtener la condición de beneficiarias de ayuda aquellas empresas.
d) En los supuestos de implantación de nuevos establecimientos o de adquisición de otros preexistentes, para poder obtener los auxilios previstos en esta orden, la asunción de los procesos de industrialización
y/o comercialización antes descritos por parte de los beneficiarios de ayuda deberá materializarse antes de que finalice el período de vigencia de la concesión de subvención y, en todo caso, antes de que se produzca la solicitud de liquidación final o total de la ayuda que, en su caso, sea concedida.

2.– En el caso de las líneas «B.– AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD» podrán obtener la condición de beneficiarios:
a) Los previstos en las letras a), b) y c) del anterior apartado.
b) En el caso de las ayudas amparadas por el Marco Comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2006/C 323/01), cuando así lo prevea la convocatoria:
1. Las personas físicas o jurídicas que dentro del territorio de Castilla y León aborden procesos de producción primaria agrícola, ganadera o silvícola.
2. Entidades sin ánimo de lucro siempre y cuando las actividades planteadas redunden directamente sobre las categorías de beneficiarios a) y/o b).1. No obstante, no podrán tener la consideración de beneficiarias las entidades integradas en el sector público estatal o en cualquiera de los sectores públicos autonómicos ni aquéllas en las que exista una dotación superior al cincuenta por ciento, directa o indirectamente, de una
Administración Pública.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A.– AYUDAS A LA INVERSIÓN PRODUCTIVA.
B.– AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.
B1.– Ayudas a la investigación, el desarrollo y la innovación empresarial.
B2.– Ayudas a la vertebración empresarial y ayudas en materia de estudios y planes.
B3.– Ayudas en materia de fomento de la calidad, excelencia y aplicación de normas.
B4.– Ayudas a la consolidación empresarial.

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