Subvenciones a la rehabilitación de edificios y viviendas.

Código de ayuda:

S40037/18

Norma:

Resolución de 18 de julio de 2018. Resolución de 26 de julio de 2018. Resolución de 12 de diciembre de 2018. Resolución de 4 de junio de 2019. Resolución de 4 de marzo de 2020. Resolución de 16 de octubre de 2020. Resolución de 26 de enero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de abril de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de ayudas económicas para mejorar la calidad de la edificación en viviendas unifamiliares y en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y, en particular, de su conservación, de su eficiencia energética y sostenibilidad ambiental y de su accesibilidad universal.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Servicios y Derechos Sociales (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Actuaciones de sostenibilidad.—12.000 euros por vivienda unifamiliar; y 8.000 euros por viviendas en edificios más 80 euros por metro cuadrado de local.

Actuaciones de conservación.—3.000 euros por vivienda y 30 euros por metro cuadrado de local.

Actuaciones de seguridad y accesibilidad.—8.000 euros por vivienda y 80 euros por metro cuadrado de local.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

c) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

d) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidos conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

e) Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto de las actuaciones.

f) Para las actuaciones de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, las empresas de servicios energéticos, entendiendo como tales la definición más amplia posible de las organizaciones que aporten este tipo de servicios. Deberán actuar en función de contrato con la propiedad y llevar a cabo las inversiones en las actuaciones establecidas, debiendo acreditar su intervención como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.

— Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

— Programa de ayuda a los jóvenes en lo que se refiere al incremento de cuantía en actuaciones de los Programas anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 173
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 01/08/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 178
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 01/08/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 178
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/12/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 289
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento
Boletín: 14/06/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 114
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 14/06/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 114
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/03/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 52
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 16/03/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 52
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/11/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 216
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 03/02/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 22
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento