Subvenciones a la promocion de poligonos de actividades economicas de ambito local.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S38282/11

Norma:

ORDEN FORAL 275DEP/2011, de 29 de junio. Ley Foral 2/1997, de 27 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo territorial equilibrado y para ello contempla, entre otras medidas, subvencionar la promoción de polígonos de actividades económicas de ámbito local que realicen las entidades locales de Navarra o las sociedades públicas constituidas a tal efecto.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Subvención equivalente al 20% del coste de adquisición de los terrenos y, en su caso, de los derechos de servidumbre.

b) Subvención equivalente al 70% del coste de los proyectos necesarios para el completo desarrollo del polígono.

c) Subvención equivalente al 20% de la suma de los costes de las obras y de la Dirección Técnica de las mismas. Para la estimación de esta subvención se tendrá en cuenta el presupuesto del Proyecto de
Urbanización mencionado en el artículo 5.

d) Bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que grave las transmisiones de terrenos a las entidades locales que tengan por finalidad
la creación de estos polígonos, y las que realicen éstas a las empresas que en ellos se ubiquen.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de Navarra que promuevan polígonos de actividades económicas, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adquisición de los terrenos y, en su caso, derechos de servidumbre necesarios. Para la valoración de los terrenos se tendrán en cuenta los precios de las adquisiciones efectuadas para la promoción de
polígonos comarcales en situaciones similares.

b) La redacción de los planes urbanísticos y proyectos de obras, que se ajustará a lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normativa de aplicación.

c) Las obras de urbanización del polígono y obras de ejecución de las infraestructuras externas necesarias.

d) La dirección técnica de las obras.

Requisitos:

a) Que los terrenos sobre los que se proyecte actuar estén calificados como suelo urbano para usos industriales o de servicios en el Planeamiento Municipal vigente antes de presentar la solicitud de subvención.

b) Que los terrenos afectados por la construcción del polígono sean de titularidad pública local antes de presentar la solicitud de subvención, de forma que esté garantizada la disponibilidad de los predios afectados para la contratación de las obras.

En el caso de los terrenos afectados por la construcción de infraestructuras exteriores cuyas afecciones pueden ser únicamente servidumbres, no será necesaria la titularidad pública, si bien se deberán aportar los correspondientes permisos de afección firmados por los propietarios.

c) Que la superficie a ordenar sea adecuada a las necesidades y demandas reales de la localidad, con una dimensión inicialmente máxima de 20.000 m² de superficie neta resultante de parcelas.

Podrán admitirse superficies superiores cuando la demanda real de parcelas así lo precise. En este caso, el límite máximo de superficie neta de parcelas será igual a la suma de la superficie solicitada por las empresas más 14.000 m².

d) Que exista una demanda real de parcelas, suficientemente justificada mediante fianzas depositadas por los solicitantes, para ocupar inicialmente el 30% de la superficie neta de las parcelas resultantes de la totalidad de la promoción.

e) Que la entidad local se comprometa a vender las parcelas resultantes de la actuación a un precio que, en ningún caso, será inferior al de costo, excluidas las subvenciones y beneficios fiscales previstos.

f) Que el Departamento de Administración Local emita informe favorable sobre la capacidad económica de la entidad local para hacer frente a las obligaciones derivadas de la promoción del polígono, tal y como
dispone el artículo 8.1 de la Ley Foral 2/1997.

g) Que el plazo previsto para la redacción y tramitación de los proyectos y contratación de las obras asegure el efectivo inicio de las mismas antes de 1 de noviembre de 2011.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/1997
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 120
Documento: Ley Foral 2/1997, de 27 de febrero. Descargar Documento
Boletín: 14/07/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 140
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento